Proyecto Educativo

PROYECTO EDUCATIVO DEL CENTRO

INDICE : PÁG.

1 . Preámbulo. El sentido y las características de nuestro proyecto educativo. 3

2 . Características del entorno escolar y necesidades educativas a satisfacer 3

Contextualización del proyecto Educativo. 4

Marco legislativo: Base legal. 4

Ambiente socio-económico-cultural del entrono: 5

El Centro desde sus recursos personales, materiales, económicos y de espacio. 5

PRINCIPIOS GENERALES QUE INSPIRAN NUESTRA ACCIÓN EDUCATIVA: 7

Nuestra identidad. Principios ideológicos. 7

Nuestro estilo educativo: concepto de educación. 8

Nuestro estilo de enseñanza-aprendizaje. 9

OBJETIVOS GENERALES: Nuestra pretensión. 10

Principios filosóficos: nuestra idea de persona. 10

Nuestro sistema de valores. 12

Principios pedagógicos: cómo entendemos el progreso educativo en nuestro centro. 13

El modelo de evaluación. 15

3 . Organización General del Centro 24

4 . Orientación educativa, atención al alumnado y Plan de Acción Tutorial (PAT) 26

5 . Medidas de Atención a la diversidad 28

OBJETIVOS 28

6 . Reglamento de Régimen Interno (RRI) y Plan de Convivencia (PC) 29

TÍTULO PRELIMINAR 29

TÍTULO I – COMUNIDAD EDUCATIVA 29

CAPÍTULO PRIMERO: ENTIDAD TITULAR. 31

CAPÍTULO SEGUNDO: ALUMNOS/AS. 31

CAPÍTULO TERCERO. PROFESORES/AS. 32

CAPÍTULO CUARTO: PADRES. 33

CAPÍTULO QUINTO. PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS. 34

CAPÍTULO SEXTO. OTROS MIEMBROS. 34

CAPÍTULO SÉPTIMO. LA PARTICIPACIÓN. 34

TITULO II – ACCIÓN EDUCATIVA 36

TÍTULO III ÓRGANOS DE GOBIERNO Y GESTIÓN 37

CAPÍTULO PRIMERO: ÓRGANOS UNIPERSONALES. 37

CAPÍTULO SEGUNDO. ÓRGANOS COLEGIADOS. 40

TITULO IV – ÓRGANOS DE COORDINACIÓN EDUCATIVA 43

CAPITULO PRIMERO. ÓRGANOS UNIPERSONALES. 43

CAPITULO SEGUNDO. ÓRGANOS COLEGIADOS. 46

TÍTULO V ALTERACIÓN DE LA CONVIVENCIA 49

CAPÍTULO PRIMERO. NORMAS GENERALES. 49

CAPÍTULO SEGUNDO. ALUMNOS. 50

CAPÍTULO TERCERO. RESTO DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATI­VA 54

DISPOSICIONES ADICIONALES 54

DISPOSICIÓN DEROGATORIA 55

DISPOSICIONES FINALES 55

PLAN DE CONVIVENCIA 56

7 . Relaciones con los Servicios Sociales y Educativos y otras Instituciones 58

Servicios Sociales 58

Servicios Educativos: 58

Colaboración con otros centros e instituciones: 58

Coordinación con otras instituciones. 59

8 . Colaboración entre los distintos sectores de la Comunidad Educativa 60

9 . Compromisos con las familias y alumnos para el progreso educativo 60

10 . Aspectos del Proyecto Educativos propios de cada etapa 61

Aspectos propios de la Educación Infantil 61

Adecuación de los Objetivos de la Etapa al Contexto propio 61

Concreción del currículo 61

Medidas de coordinación con la Educación Primaria 61

Plan de Evaluación de la práctica docente 61

Aspectos propios de la Educación Primaria 64

Adecuación de los Objetivos de la Etapa al Contexto propio 64

Concreción del currículo 65

Medidas de coordinación con la Educación Infantil y Educación Secundaria 65

Plan de Evaluación de la práctica docente 65

Proyecto lingüístico para impartir materias en lenguas extranjera (PB) 68

Aspectos propios de la Educación Secundaria Obligatoria 70

Adecuación de los Objetivos de la Etapa al Contexto propio 70

Concreción del currículo 71

Plan de Evaluación de la práctica docente 71


1 .Preámbulo. El sentido y las características de nuestro proyecto educativo.

El proyecto educativo constituye el documento que expresa las señas de identidad de nuestro centro. Es el auténtico referente del principio de autonomía pedagógica y de organización. Su configuración nos permite planificar y, en consecuencia, llevar a cabo modelos de funcionamiento propios. Por esto, incluye desde los desarrollos curriculares (a partir de unas pautas para la elaboración de las programaciones didácticas), hasta las medidas de atención a la diversidad (de acuerdo con las necesidades de nuestros alumnos y las características del entorno en el que nos encontramos), los criterios para organizar el tiempo, los programas de intervención en el tiempo extraescolar, los procedimientos y criterios de evaluación, el plan de orientación y acción tutorial, el plan de convivencia, las medidas para mejorar la calidad educativa, el plan de formación del profesorado y el plan de compensación educativa.

A lo largo de sus diferentes apartados, se contempla la necesidad y, en consecuencia, nuestra respuesta a través de la previsión de medidas relacionadas de compromiso educativo con las familias y con otras instituciones y del entorno. Todo ello persigue mejorar el rendimiento académico del alumnado y su formación equilibrada. En suma, contribuir al enriquecimiento de sus posibilidades de conocer mejor el medio en el que vive para poder desenvolverse en él de forma activa, crítica, respetuosa y responsable.

El proyecto educativo es el documento que recoge los valores, los objetivos y las prioridades de actuación de nuestro centro, de conformidad con lo dispuesto en el art. 121 de la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo, de Educación; también que es un documento único, pese a que impartamos enseñanzas correspondientes a más de una etapa educativa.

Este documento “marco” se concreta cada curso escolar en la Programación General Anual.

Finalmente, queremos señalar que los diversos programas que componen este documento expresarán nuestra preocupación por integrar los elementos que están siendo destacados en estos momentos, como señas de actualidad en la realidad educativa: competencias básicas que aúnen calidad, eficacia y educación en valores sólidos, y evaluación formativa de los alumnos que suponga nuestra propia mirada crítica, nuestra preocupación continua por mejorar lo que proyectamos y lo que desarrollamos.

2 .Características del entorno escolar y necesidades educativas a satisfacer

La Comunidad Educativa del Colegio «La Inmaculada» de Valladolid, con la elaboración del presente Proyecto Educativo ha pretendido conseguir: un instrumento para la gestión, coherente

~ Un instrumento para la gestión.

~ Coherente con nuestro contexto escolar.

~ Definiendo nuestras señas de identidad y manifestando nuestras intenciones educativas.

~ Expresando su estructura organizativa.

Este Proyecto Educativo, inspirado en el Carácter Propio de la Entidad Titular:

~ es común a todos los niveles de enseñanza existentes en el Centro;

~ es el punto de partida que orienta e inspira cualquier tipo de decisiones curriculares y de organización;

~ está abierto y es susceptible de modificaciones.

Este Proyecto educativo nace con un carácter integrador y pretende conseguir:

~ La participación y colaboración de todos los miembros de la Comunidad Educativa.

~ Una formación integral desde el punto de vista intelectual y físico.

~ Desarrollar una serie de valores como: responsabilidad, autonomía, tolerancia, respeto, solidaridad y espíritu crítico.

  1. Contextualización del proyecto Educativo.
    1. Marco legislativo: Base legal.

La normativa que determina los elementos de este proyecto y la necesaria relación que ha de darse entre ellos supone el diálogo integrador entre la normativa de carácter estatal –Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo de Educación (en adelante LOE)– y el desarrollo que nuestra Comunidad le ha dado en respuesta a las señas de identidad, a la cultura, a los recursos, y a las necesidades y oportunidades de nuestro contexto.

De acuerdo con la disposición transitoria undécima de la Ley 2/2006 de 3 de mayo (LOE), en tanto que las materias de la mencionada Ley no sean desarrolladas, serán de aplicación, en cada caso, las normas de este rango que lo venían siendo a la fecha de entrada de la mencionada Ley, siempre que no se opongan a lo dispuesto en ella. Por tanto, en la comunidad autónoma de Castilla y León, la normativa que regula la elaboración del Proyecto Educativo de nuestros centros es:

  1. Decreto 86/2002 de 4 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Centros de Educación Obligatoria.
  2. Decreto 12/2008 de 14 de febrero, por el que se determinan los contenidoseducativos del primer ciclo de la Educación Infantil en laComunidad de Castilla y León, y se establecen los requisitos quedeben reunir los centros que impartan dicho ciclo.
  3. Decreto 122/2007 de 27 de diciembre, por el que se establece elcurrículo del segundo ciclo de la educación infantil en la Comunidadde Castilla y León.
  4. Decreto 40/2007 de 3 de mayo, por el que se establece el currículode la Educación Primaria en la Comunidad de Castilla y León.
  5. Decreto 52/2007 de 17 de mayo, por el que se establece el currículode la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad de Castillay León.
  6. Decreto 42/2008 de 5 de junio, por el que se establece el currículode Bachillerato en la Comunidad de Castilla y León.
  7. Orden EDU/721/2008 de 5 de mayo, por la que se regula la implantación,el desarrollo y la evaluación del segundo ciclo de la educación infantil en la Comunidad de Castilla y León.
  8. Orden EDU/1045/2007 de 12 de junio, por la que se regula la implantación y el desarrollo de la educación primaria en la Comunidad de Castilla y León.
  9. Orden EDU/1046/2007 de 12 de junio, por la que se regula la implantación y el desarrollo de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad de Castilla y León.

En estas disposiciones legales se establece que el proyecto educativo es el documento que recoge los valores, los objetivos y las prioridades de actuación de nuestro centro, de conformidad con lo dispuesto en el art. 121 de la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo, de Educación; también que es un documento único, pese a que impartamos enseñanzas correspondientes a más de una etapa educativa.

  1. Ambiente socio-económico-cultural del entrono:

Nivel Socioeconómico medio y bajo. Estudios generalmente primarios y medios (el ingreso de nuevos alumnos está elevando el nivel de estudios). Alto índice de drogadicción. Es un barrio en expansión. El Centro integra alumnos de poblaciones cercanas a Valladolid (Norte) – Santovenia, Renedo, Cabezón, Castronuevo de Esgueva y Olmos – y alumnos que proceden de distintos barrios: Barrio Belén, Pilarica, Pajarillos, Barrio España, Delicias, etc.

La variedad multicultural se refleja en el incremento de alumnos inmigrantes en los últimos años, procedentes de los siguientes países: Ecuador, Colombia, Bolivia, Bulgaria, China y Brasil.

  1. El Centro desde sus recursos personales, materiales, económicos y de espacio.

Enseñanzas que imparte:

· Educación Infantil: 3 unidades

·Educación Primaria: 6 unidades. En esta etapa el Centro cuenta con una unidad de Compensatoria.

· Educación Secundaria: 4 unidades (esta etapa cuenta, además, con una unidad de Educación Compensatoria).

Materias Optativas:

1° Y 2° de E.S.O.

· Segunda Lengua Extranjera: Francés.

· Taller de Lengua y comunicación/Matemáticas.

3° de E.S.O.:

· Segunda Lengua Extranjera: Francés.

· Cultura clásica

4° de E.S.O.:

· Taller de teatro

· Ampliación de biología, geología, física y química.

· PIP

Atención a la diversidad

Medidas educativas de carácter ordinario:

Educación Primaria:

– Refuerzos individualizados o en pequeño grupo, en función de las necesidades, a lo largo de toda la etapa.

  1. Apoyos en pequeño grupo en Lengua y Matemáticas a alumnos de 4º, 5º y 6º.

. Educación Secundaria:

– Refuerzos en Matemáticas y Lengua Española e Inglesa en 1 °, 2° Y 3° de E.S.O.

– Grupos de trabajo flexibles en 3° y 4° de E.S.O.

– Apoyo de Lengua para alumnos extranjeros.

Actividades extraescolares y complementarias:

El Centro existe jornada continua, por lo que se ofrece a los alumnos la posibilidad de realizar distintos talleres por las tardes:

  1. Inglés.
  2. Informática.
  3. Estudio Dirigido.
  4. Patinaje.

Además, los alumnos tienen la posibilidad de realizar excursiones y otras actividades llevadas a cabo por personal ajeno al Centro.

– Instalaciones:

Consta de un edificio de tres plantas, además de un polideportivo, un aula de informática, laboratorio, sala de psicomotricidad, aula taller de Tecnología, aula de Música y Plástica, biblioteca y sala de audiovisuales, capilla y salón de actos, sala de Profesores, Secretaría, Dirección. Local del AMPA y patios de recreo, con pistas deportivas y una zona amplia de jardín con un patio de césped para los niños de E. Infantil.

– Equipamiento:

Mobiliario, medios audiovisuales, equipos informáticos, material de laboratorio y tecnológico, material didáctico, etc.

Características del alumnado:

– Número de alumnos: 288.

– Distribución por cursos: Existe una media de 20 – 25 alumnos por aula.

– Actitudes ante el estudio y trabajo escolar:

· En Infantil y en los dos primeros ciclos de Primaria, encontramos mayor interés y motivación, una actitud positiva hacia las tareas escolares.

· En el tercer ciclo de Primaria y en Secundaria, se detecta un progresivo descenso del hábito de trabajo y la desvalorización del esfuerzo, del trabajo personal y de la disciplina. Nos parece importante destacar la influencia que en este sentido (y otros muchos) ejerce el ambiente familiar.

– Valores más significativos:

· Infantil y primer y segundo ciclo de Primaria: Constancia en el trabajo, colaboración, respeto, alegría, responsabilidad.

· Tercer ciclo de Primaria: Compañerismo. Lealtad al grupo.

· Secundaria: nobleza, solidaridad, sentido de la justicia, defensa de la identidad del propio grupo, individualismo, materialismo (búsqueda del resultado directo: el aprobado), inmediatez, ajuste a las situaciones (capacidad para distinguir lo que es correcto y lo que no).

Características de las familias:

– Número de miembros: Aproximadamente, 4 personas por familia. Existe un importante número de familias desestructuradas.

– Profesión de los padres:

· Obreros con y sin cualificación.

· Empleados.

· Autónomos (comercio y transporte).

· Amas de casa.

– Nivel económico y tipo de vivienda:

Nivel económico medio – bajo.

Predomina la casa en propiedad, bien molinera o piso.

– Valores y hábitos familiares:

· Infantil y primer y segundo ciclo de Primaria: Preocupación por los progresos académicos y sociales. Preocupación por los deberes, pero sin implicación de los padres.

· Tercer ciclo de Primaria y Secundaria: Vuelco de la responsabilidad de la educación de sus hijos sobre el Centro. Cada vez menos preocupación por el esfuerzo personal, olvidando en ocasiones la importancia de la transmisión de valores.

  1. PRINCIPIOS GENERALES QUE INSPIRAN NUESTRA ACCIÓN EDUCATIVA:
    1. Nuestra identidad. Principios ideológicos.

El colegio «La Inmaculada», de Valladolid, cuya titularidad corresponde a las Misioneras Seculares de Jesús Obrero, lleva a cabo su labor educativa inspirada en los siguientes principios:

A) Colabora con los fines que la sociedad civil asigna a su sistema educativo haciendo propios los principios que lo inspiran, presentes en la Constitución Española y en las Leyes vigentes:

1. La igualdad de oportunidades a una educación de calidad para todos los alumnos, en el respeto a los principios democráticos y a los derechos y libertades fundamentales.

2. La transmisión de los valores que sirven de fundamento a la libertad personal, a la responsabilidad social, a la igualdad y a la solidaridad mediante la participación en la sociedad civil.

3. La concepción activa de la educación como elemento compensador de las desigualdades personales y sociales.

4. La participación de los distintos sectores de la comunidad educativa, en el ámbito de sus correspondientes competencias y responsabilidades, como medio para la consecución de los objetivos de la educación.

5. La concepción de la educación como proceso permanente que obliga a dirigir la acción docente hacia el desarrollo de capacidades para aprender a aprender.

6. La convicción de que la creatividad, la iniciativa personal y el espíritu emprendedor de los educandos se han de fundamentar en un alto sentido de la responsabilidad y en hábitos de esfuerzo personal.

7. El fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa en el centro, junto con la flexibilidad de estructuras y organizaciones, harán posible adaptar la acción docente a las necesidades cambiantes de la sociedad y de los alumnos.

8. El reconocimiento de la función docente como factor esencial de la calidad de la educación.

9. La eficacia del centro está vinculada a la capacidad del mismo para evaluar sus diseños, su organización y el proceso de enseñanza-aprendizaje.

B) En cuanto Centro Educativo de carácter católico, el colegio «La inmaculada» encuentra su verdadera justificación en la misión misma de la Iglesia: proclamar el mensaje evangélico. Funda, por lo tanto, su acción educativa en los siguientes principios:

1. La escuela católica es verdadero sujeto eclesial, y dirige su acción a la formación de la personalidad cristiana de sus alumnos.

2. El espíritu evangélico debe manifestarse a través de un estilo cristiano de pensamiento y de vida que impregne todos los elementos del ambiente educativo.

3. El ambiente general del centro debe estar animado por el espíritu de caridad y de libertad.

4. Los educadores, como personas y como comunidad, son los primeros responsables en crear el peculiar estilo cristiano del colegio.

5. La cultura humana y las ciencias del saber tienen su autonomía y su metodología y, por lo tanto, deben ser expuestas con objetividad. Sin embargo, el educador expone críticamente ciencia y cultura sin separarla de la fe, situando en el centro de su enseñanza siempre a la persona en su integridad.

6. El respeto a la libertad religiosa y de conciencia de los alumnos y de las familias, firmemente tuteladas por la Iglesia, no puede suponer renuncia a la libertad de proclamar el mensaje evangélico y de exponer o proponer los valores humanos de él derivados.

C) En cuanto centro regentado por la institución de las Misioneras Seculares de Jesús Obrero, se inspira en el espíritu educativo de su fundador y de su tradición. Son, pues, fundamentos específicos de su estilo educativo:

1. Una entrega total de los educadores a la tarea de la educación con espíritu de gratuidad, paciencia, autenticidad y amor a los alumnos. Ello supone una atención a su persona trascendiendo su rendimiento académico.

2. Un clima de alegría y amistad que brota del diálogo, apoyo y comprensión mutua, y se traduce en un trato respetuoso, sencillo y cercano entre todos los que forman la comunidad educativa.

3. Una relación con Cristo como centro de la vida del colegio. Iniciación y cultivo de la oración personal, vivencia de los sacramentos, especialmente de la Eucaristía, y un marcado acento mariano.

4. Una pedagogía del corazón, hecha de cercanía y de acompañamiento, por la cual los educandos se han de sentir atendidos, comprendidos, aceptados y valorados.

5. El espacio escolar ha de ser lugar de encuentro para la configuración de una comunidad educativa cristiana de laicos y de consagrados que comparten una misma misión, aunque con opciones diferentes de vida.

6. El empeño de integrar a los padres de los alumnos en el proceso educativo escolar, para lo cual se han de buscar espacios educativos que permitan una acción conjunta planificada.

  1. Nuestro estilo educativo: concepto de educación.
  • El niño es el principal protagonista de su propio crecimiento como persona.
  • Los profesores complementando la acción educadora de los padres ayudan al educando a formar su personalidad, colaboran activamente en la elaboración y evaluación del Proyecto Educativo.
  • Los Padres, primeros educadores de sus hijos, son corresponsables en el mantenimiento del Carácter Propio y en la realización del Proyecto Educativo en cuyos valores desean que sus hijos sean educados.
  • Adoptamos una metodología didáctica abierta y flexible, que garantiza la fidelidad a los principios pedagógicos fundamentales y su constante actualización, en un clima de seriedad y rigor del trabajo.
  • Promovemos una educación personalizada, que implica el respeto a la persona de cada educando, a sus peculiaridades y ritmos de maduración.
  • Fomentamos el desarrollo intelectual, mediante un trabajo serio y riguroso del acto mental, procurando que cada alumn@ llegue al máximo de sus posibilidades en este campo.
  • Acentuamos la dimensión social del proceso educativo, favoreciendo las diversas formas de trabajo en equipo y a través de ellas, la cooperación y la solidaridad.
  • Estimulamos una metodología activa, fomentando la actividad del alumn@ y promovemos un trabajo formativo, fundado en el interés y la motivación interior.
  • Ponemos la tecnología al servicio de la educación como un recurso más al servicio de la formación personal y de la construcción de la sociedad.
  • Educamos la creatividad y la capacidad de expresión, potenciando su capacidad de comprender y expresarse en las distintas formas de lenguaje: verbal, escrito, plástico, dinámico, musical, rítmico, gestual, mímico, etc.
  • Desarrollamos progresivamente su sentido crítico, respecto a la realidad social, cultural y científica.
  • Educamos para el ocio, potenciando el empleo formativo de tiempo libre, la práctica del deporte, la organización de grupos y encuentros convivenciales con alumnado de otros colegios de la misma titularidad.
  • Evaluamos periódicamente nuestra acción educativa, en la que se verifica el rendimiento y la eficiencia de la Comunidad Educativa, en un deseo constante de mejora de la calidad de enseñanza.
  1. Nuestro estilo de enseñanza-aprendizaje.

Nuestra acción docente y educativa se inspira en una propuesta coherente de valores que se expresan en una vivencia de actitudes: que nuestros alumnos no sólo aprendan a pensar y a hacer sino a ser y compartir.

En su dimensión de «escuela cristiana» pretende que nuestro quehacer esté motivado por los valores evangélicos de:

. Acogida a los demás.

. Autenticidad y coherencia en la vida personal y de grupo.

. Serenidad y valentía ante las dificultades.

. Ilusión y esperanza ante el futuro.

. Compromiso ante la sociedad.

. Atención preferente ante los necesitados y marginados.

El Centro considerará valores fundamentales para el desarrollo de sus actividades la libertad, la justicia, el pluralismo, el respeto a la dignidad humana, la ausencia de discriminación y la tolerancia.

Consideramos la dignidad como un valor espiritual y moral inherente a la persona, que se manifiesta singularmente en la autodeterminación consciente y responsable de la propia vida y que lleva consigo el mismo reconocimiento para los demás y la exigencia de respeto mutuo.

En su dimensión de «escuela La Inmaculada» quiere educar a sus alumnos en los siguientes valores y actitudes:

a. Solidaridad, Tolerancia y Respeto serán valores que regirán las relaciones de unos alumnos con otros independientemente de su origen, religión o procedencia. En la educación debe transmitirse los hábitos tendentes a conseguir un clima de PAZ y TOLERANCIA en el centro docente, de forma que cree en los individuos una cultura de la «NO VIOLENCIA» Y el respeto a los demás. Se preparará al alumno para tener una actitud abierta, de escucha y consideración hacia las opiniones y actitudes de todas las personas.

b. Responsabilidad de todos los miembros de la Comunidad Educativa en el ejercicio de sus funciones, aceptando las normas de convivencia. Se potenciará en los alumnos y alumnas su parte de responsabilidad en su proceso educativo, valorando la realización de las tareas necesarias relacionadas con su aprendizaje y vida en el centro.

c. La autoestima: Se considera que la autoestima es el aprecio y estima ajustada de la propia persona, siendo necesaria para enfrentarse a la vida con confianza y optimismo, sentando las bases de la felicidad. Este Centro fomenta los procesos formativos que permiten: una autoimagen positiva y ajustada, una autovaloración positiva y un comportamiento acorde con las anteriores.

d. La autonomía personal o autorrealización: Se considera que la autonomía personal es libertad e independencia individual, formándose al alumnado para que sea capaz de: maximizar atractivos, minimizar peligros, vivir con plenitud el presente, tender a un futuro prometedor, capacitarlo para asumir riesgos, confiar en sí mismo, ser autónomo…

e. La salud: Consideramos un planteamiento primordial el cuidado del cuerpo y la mente del alumnado. Se desarrollarán hábitos destinados al cuidado e higiene del propio cuerpo y desarrollo mental fomentando la imagen personal equilibrada.

f. El afán de superación y responsabilidad: Se considera que superación es la acción y efecto de vencer las dificultades y responsabilidad es el cuidado y atención que pone una persona en lo que hace.

Este Centro crea un ambiente de trabajo en el que se valora el esfuerzo individual y colectivo, la superación de dificultades, el proponerse nuevas metas y la asunción de responsabilidades.

  1. OBJETIVOS GENERALES: Nuestra pretensión.
    1. Principios filosóficos: nuestra idea de persona.

Inspirado en los principios citados anteriormente, el colegio «La Inmaculada» se propone, como finalidades de su acción, hacer posible que los educandos, al término de su escolaridad en el centro, alcancen un nivel de maduración que concretamos en los siguientes rasgos de personalidad:

1. Dimensión cognitiva o del saber

a) El conocimiento de uno mismo, que comienza por el conocimiento del cuerpo y sigue con el conocimiento de la propia forma de ser, de las verdaderas capacidades personales, y ha de llegar a la comprensión del propio ser en tanto que persona.

b) Conocer e interpretar el medio físico a través de las leyes y mecanismos que lo rigen, así como las técnicas de estudio, de investigación y de experimentación que le posibiliten avanzar de forma permanente en su conocimiento.

c) Conocer e interpretar crítica mente el medio social: los distintos mecanismos de funcionamiento, los rasgos culturales y los valores que rigen a las sociedades en los distintos contextos históricos.

2. Dimensión del saber hacer

a) Dominio del propio cuerpo mediante un adecuado desarrollo de la psicomotricidad y los hábitos relacionados con la salud.

b) Dominio técnico de objetos e instrumentos, especialmente de los relacionados con las nuevas tecnologías.

c) Dominio de las habilidades sociales que le permitan desenvolverse de forma fluida y creativa con los demás: asertividad, flexibilidad, adaptabilidad, comunicación, etc.

3. Dimensión estética

a) Desarrollo del buen gusto en el cuidado equilibrado del propio cuerpo, desde una visión crítica de los estereotipos sociales y desde la aceptación básica de la propia imagen.

b) Desarrollo de la capacidad de admiración, contemplación y goce estético ante las manifestaciones naturales y ante las humanas de contenido artístico. Desarrollo de la capacidad de creación estética.

c) Desarrollo de la capacidad de admiración, contemplación y goce estético del patrimonio histórico y cultural de la sociedad a la que se pertenece, así como del de otros pueblos.

4. Dimensión afectiva

a) Desarrollo de una imagen positiva de sí mismo conducente a un adecuado nivel de autoestima desde el que el educando pueda aceptar sus limitaciones y potenciar sus capacidades.

b) Capacidad de usar las cosas y los bienes de consumo en función de necesidades reales, y de superar dependencias afectivas respecto a ellos.

c) Capacidad de crear vínculos estables con los demás, de integrarse en los grupos de pertenencia, y de establecer relaciones a través de las cuales se aprenda a dar y a recibir, a dar sin recibir y a entregarse de forma comprometida.

5. Dimensión social

a) Desarrollo del sentimiento de pertenencia a los distintos grupos con los

que se está vinculado sin pérdida de la identidad ni de la autonomía

personal.

b) Desarrollo de las actitudes de respeto y de cuidado responsable de los

bienes comunes y del medio físico.

c) Desarrollo de las actitudes democráticas, así como de la equilibrada toma de conciencia de deberes y de derechos, y la superación de prejuicios y estereotipos sociales, como base de la interacción social. Desarrollo de la capacidad de trabajar en colaboración con los demás.

6. Dimensión ética

a) Desarrollo progresivo de una conciencia moral autónoma que permita al

educando llevar a cabo la incorporación personal de los valores éticos y

responder ante sí mismo de los deberes que estos exigen.

b) Desarrollo de actitudes de respeto y defensa de la vida, así como de la

utilización de los medios físicos con los que se interactúa en función de

fines naturales.

e) Desarrollo de una conciencia clara del valor persona que permita a los alumnos responder ante los demás con actitudes de respeto, de justicia, de solidaridad, etc., y que les induzca, llegado el caso, a tomar parte en acciones comprometidas de ayuda dentro de grupos de voluntariado social.

7. Dimensión religiosa

a) Capacidad de cultivar la experiencia de la trascendencia religiosa

individual, así como de la intimidad religiosa a través de la oración.

b) Desarrollo de una visión cristiana de la realidad del entorno que les

permita leer e interpretar los datos de la ciencia y de la cultura desde

claves evangélicas.

c) Desarrollo de la capacidad de compromiso cristiano con las realidades sociales, y de compartir la experiencia religiosa comunitaria a través de los sacramentos y de otras celebraciones litúrgicas. Desarrollo de la conciencia de pertenencia a la comunidad parroquial correspondiente.

  1. Nuestro sistema de valores.

Nuestra acción docente y educativa se inspira en una propuesta coherente de valores que se expresan en una vivencia de actitudes: que nuestros alumnos no sólo aprendan a pensar y a hacer sino a ser y compartir.

En este sentido, el Colegio asume los valores y principios sobre los que se asienta un estado democrático de derecho, a saber: respeto a los derechos y libertades fundamentales y educación para la tolerancia y la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia.

En su dimensión de «escuela cristiana» pretende que nuestro quehacer esté motivado por los valores evangélicos de:

. Acogida a los demás.

. Autenticidad y coherencia en la vida personal y de grupo.

. Serenidad y valentía ante las dificultades.

. Ilusión y esperanza ante el futuro.

. Compromiso ante la sociedad.

. Atención preferente ante los necesitados y marginados.

El Centro considerará valores fundamentales para el desarrollo de sus actividades la libertad, la justicia, el pluralismo, el respeto a la dignidad humana, la ausencia discriminación y la tolerancia.

Consideramos la dignidad como un valor espiritual y moral inherente a la persona, que se manifiesta singularmente en la autodeterminación consciente y responsable de la propia vida y que lleva consigo el mismo reconocimiento para los demás y la exigencia de respeto mutuo.

En su dimensión de «escuela La Inmaculada» quiere educar a sus alumnos en los siguientes valores y actitudes:

a. Solidaridad, Tolerancia y Respeto serán valores que regirán las relaciones de unos alumnos con otros independientemente de su origen, religión o procedencia. En la educación debe transmitirse los hábitos tendentes a conseguir un clima de PAZ y TOLERANCIA en el centro docente, de forma que cree en los individuos una cultura de la «NO VIOLENCIA» Y el respeto a los demás. Se preparará al alumno para tener una actitud abierta, de escucha y consideración hacia las opiniones y actitudes de todas las personas.

b. Responsabilidad de todos los miembros de la Comunidad Educativa en el ejercicio de sus funciones, aceptando las normas de convivencia. Se potenciará en los alumnos y alumnas su parte de responsabilidad en su proceso educativo, valorando la realización de las tareas necesarias relacionadas con su aprendizaje y vida en el centro.

c. La autoestima: Se considera que la autoestima es el aprecio y estima ajustada de la propia persona, siendo necesaria para enfrentarse a la vida con confianza y optimismo, sentando las bases de la felicidad. Este Centro fomenta los procesos formativos que permiten: una autoimagen positiva y ajustada, una autovaloración positiva y un comportamiento acorde con las anteriores.

d. La autonomía personal o autorrealización: Se considera que la autonomía personal es libertad e independencia individual, formándose al alumnado para que sea capaz de: maximizar atractivos, minimizar peligros, vivir con plenitud el presente, tender a un futuro prometedor, capacitarlo para asumir riesgos, confiar en sí mismo, ser autónomo…

e. La salud: Consideramos un planteamiento primordial el cuidado del cuerpo y la mente del alumnado. Se desarrollarán hábitos destinados al cuidado e higiene del propio cuerpo y desarrollo mental fomentando la imagen personal equilibrada.

f. El afán de superación y responsabilidad: Se considera que superación es la acción y efecto de vencer las dificultades y responsabilidad es el cuidado y atención que pone una persona en lo que hace.

Este Centro crea un ambiente de trabajo en el que se valora el esfuerzo individual y colectivo, la superación de dificultades, el proponerse nuevas metas y la asunción de responsabilidades.

  1. Principios pedagógicos: cómo entendemos el progreso educativo en nuestro centro.

Coherentemente con nuestra perspectiva personalizadora de la educación y con nuestras finalidades educativas inscritas en el ámbito del humanismo cristiano, entendemos el aprendizaje del alumno como un proceso de maduración cognitiva, afectiva, social y de la libertad. Partimos de la convicción de que todo crecimiento en estos cuatro espacios de su personalidad pone al educando en disposición de tomar opciones más libres y conscientes por los valores de trascendencia que les proponemos incorporar a su vida.

En consecuencia, diseñamos los objetivos del aprendizaje de nuestros alumnos en torno a los estándares de maduración que en dichos cuatro campos se corresponden con la edad evolutiva de los educandos. Asumimos que las diversas áreas o asignaturas no son sino medios o instrumentos para alcanzar esa madurez. Así pues, al diseñar los objetivos de aprendizaje en cada uno de los ciclos y en cada una de las áreas de aprendizaje, no nos preguntamos qué tiene que aprender un alumno, sino qué efecto pretendemos que produzca en la maduración de su personalidad aquello que aprende.

1. La madurez cognitiva. Entendemos que la madurez cognitiva viene determinada por la presencia de una estructura mental que actúe como referente de interpretación de la realidad, y por el desarrollo progresivo de unas capacidades intelectuales que les permitan seguir aprendiendo a lo largo de su vida y ser dueños de un pensamiento autónomo. En consecuencia:

a) Los contenidos de cada área o asignatura se organizarán de tal manera que, poniendo siempre el valor persona como centro de dicha organización, posibilite al alumno integrar todos los conocimientos de los distintos campos de la ciencia y de la cultura en torno al ser humano y, en consecuencia, la persona se convierta en referente de interpretación de dichas realidades.

b) A su vez, entendemos que si los conocimientos no se transforman en capacidades para progresar en el conocimiento, no serán apenas relevantes en el aprendizaje. Por ello, desde el inicio de la escolaridad en nuestro colegio hasta el final de la misma, se orientará la enseñanza de todas las materias al logro de capacidades y destrezas intelectuales para que el alumno capte información por sí mismo, para que realice las complejas operaciones de elaboración de esas informaciones y pueda comunicarlas con fluidez y precisión.

2. La madurez afectiva. Simultáneamente, y a través de la actividad de aprendizaje, el alumno debe desarrollar los estándares de maduración que se corresponden a su edad en lo referente a la afirmación de su yo o crecimiento de su autoestima. A la hora, pues, de diseñar los objetivos del aprendizaje de nuestros alumnos, establecemos también metas progresivas, en función de las edades, referidas a este campo.

3. La madurez social. En estrecha relación con el desarrollo afectivo, el alumno ha de desarrollar una madurez social. Tal madurez apunta a objetivos de equilibrada integración y creativa interacción social con los distintos círculos personales con los que convive.

4. La madurez de la libertad. En nuestro centro no entendemos la educación simplemente como la acción dirigida al modelado de conductas de nuestros alumnos, sino como una acción de influencia dirigida a posibilitar que vaya haciendo un uso creciente y responsable de su libertad.

Por todo ello, el colegio articulará toda su enseñanza en torno a objetivos coherentes entre sí a lo largo de los distintos ciclos, progresivos y adaptados a la edad evolutiva de sus alumnos en estos cuatro ámbitos de su desarrollo.

Esta opción de aprendizaje conduce a que la evaluación del progreso educativo del alumno no se lleve a cabo solamente en torno a los conocimientos adquiridos, sino en torno a indicadores de maduración en los espacios aludidos.

Asimismo, los métodos de enseñanza han de ser coherentes con estas intenciones.

La adopción de este modelo de enseñanza-aprendizaje exige el compromiso activo de todos los agentes de la comunidad educativa del centro.

En resumen:

La línea metodológica…

. Es activa y constructiva mediante:

– La observación directa.

– La experimentación.

– Trabajo individual y en equipo.

– Globalización.

– Interacción.

. Pone especial esmero en la Atención a la Diversidad, acomodándose a los distintos ritmos de maduración y desarrollo de las capacidades del alumnado.

. Se basa en el descubrimiento, los aprendizajes significativos y su funcionalidad.

. Desarrolla el espíritu crítico mediante la discusión y toma de decisiones.

Adopta las innovaciones que surgen.

· Contribuye a la autonomía intelectual del alumnado.

  1. El modelo de evaluación.

.El desarrollo del proceso evaluador en nuestro centro y en nuestras aulas tiene como marco de referencia, la LOE. Los decretos del currículo y las órdenes de evaluación ORDEN EDU/721/2008 de 5 de mayo, por la que se regula la implantación, el desarrollo y la evaluación del segundo ciclo de la educación infantil en la Comunidad de Castilla y León;ORDEN EDU/1951/2007 de 29 de noviembre, por la que se regula la evaluación en la Educación Primaria en Castilla y León; ORDEN EDU/1952/2007 de 29 de noviembre, por la que se regula la evaluación en Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad de Castilla y León. En ellos se determina que la evaluación debe abarcar tanto la actividad de enseñanza como la de aprendizaje, y que debe constituir un proceso continuo, sistemático, flexible e integrador. Por lo tanto, los objetivos de nuestro centro en este proceso serán:

  1. Conocer la situación de partida.
  2. Facilitar la formulación de un modelo de actuación adecuado a nuestro contexto.
  3. Seguir la evolución del desarrollo y aprendizaje de nuestros alumnos.
  4. Tomar las decisiones necesarias para adecuar el diseño y desarrollo de nuestra acción educadora a las necesidades y logros detectados en los alumnos.

Directrices generales para la elaboración del plan de evaluación del proceso de enseñanza y de la práctica docente

De acuerdo con las normas de evaluación mencionadas anteriormente, nuestros profesores evaluarán los procesos de enseñanza y su propia práctica docente en relación con el logro de los objetivos educativos del currículo. Esta evaluación tendrá también un carácter continuo y formativo, e incluirá referencias a aspectos tanto de planificación del proceso de enseñanza y aprendizaje como a aspectos de la práctica docente.

Entre los aspectos fundamentales para evaluar en esta planificación, se encuentran:

  1. La adecuación de los objetivos, contenidos y criterios de evaluación a las características de los alumnos, del centro y del entorno.
  2. Las decisiones sobre la metodología.
  3. La incorporación de los elementos comunes del currículo.
  4. La previsión de medidas para atender a la diversidad.
  5. La coordinación y coherencia entre el profesorado.
  6. Las medidas para una adecuada tutorización y orientación a los alumnos.

La evaluación del proceso de enseñanza y de la práctica docente deberá incluir, al menos, los siguientes elementos:

a) La organización y aprovechamiento de los recursos del centro.

b) El carácter de las relaciones entre los distintos sectores de la comunidad educativa en favor de una adecuada convivencia.

c) La coordinación entre los órganos y las personas responsables en el centro de la planificación y desarrollo de la práctica docente: equipo directivo, claustro de profesores, departamentos y tutores.

d) La aplicación de los criterios de evaluación del aprendizaje.

e) Las medidas de apoyo empleadas.

f) Las actividades de orientación educativa y profesional.

g) La idoneidad de la metodología, así como de los materiales curriculares y didácticos empleados.

h) La adecuación de la oferta de materias optativas.

i) La regularidad y calidad de la relación con los padres o representantes legales.

La evaluación del proceso de aprendizaje

Aspectos generales del proceso de evaluación del aprendizaje

Desde nuestro centro, entendemos la evaluación como un proceso de obtención de información que se utilizará para tomar decisiones.

El proceso de evaluación del aprendizaje se planificará en tres fases:

Una primera fase de preparación, para determinar qué información conocer sobre el aprendizaje del alumno, cómo y cuándo conseguir información.

La segunda fase es de recogida, análisis y registro de datos.

Una tercera fase para la formulación de juicios y toma de decisiones relativas a la promoción o reajuste del proceso de enseñanza a las necesidades del alumno.

Principios que regulan el proceso evaluador

El proceso de evaluación en nuestro centro se llevará a cabo atendiendo siempre a los siguientes principios:

  1. Carácter continuo y formativo.
  2. Carácter global (Educación Infantil y Primaria).
  3. Carácter criterial: las prácticas evaluadoras se llevan a cabo atendiendo a los objetivos educativos.
  4. Carácter sistemático.
  5. Carácter flexible.

Estrategia de planificación del proceso evaluador

El sistema de evaluación del aprendizaje y sus componentes debe ser planificado conforme a estrategias que nos permitan obtener información significativa y continuada.

Con el objetivo de garantizar la objetividad de la evaluación, nuestros profesores seleccionarán los procedimientos, técnicas e instrumentos de acuerdo a los siguientes criterios:

  1. Serán variados.
  2. Darán información concreta sobre lo que se pretende.
  3. Utilizarán distintos códigos.
  4. Serán aplicables en distintas situaciones.
  5. Permitirán evaluar la transferencia de los aprendizajes.
  6. Será una estrategia participativa.

Referentes de la evaluación del aprendizaje

Los referentes de la evaluación en el desarrollo de la práctica evaluadora, deben respetar unos marcos trazados, por el currículo oficial; en la planificación del trabajo en el centro y en la concreción y contextualización del trabajo en el aula.

Según indica el currículo oficial, los criterios de evaluación establecen el tipo y el grado de aprendizaje que se espera que los alumnos vayan alcanzando con respecto a las competencias básicas y a las capacidades indicadas en los objetivos generales. El nivel de cumplimiento de estos objetivos en relación con los criterios de evaluación fijados ha de ser medido con flexibilidad, y teniendo en cuenta la situación del alumno, el curso que se encuentra, además de sus propias características y posibilidades. A su vez, la evaluación, cumple, fundamentalmente, una función formativa, porque ofrece al profesorado unos indicadores de la evolución de los sucesivos niveles de aprendizaje de sus alumnos, con la consiguiente posibilidad de aplicar mecanismos correctores de las insuficiencias advertidas.

En el desarrollo de la actividad educativa en nuestro centro, estos criterios se contextualizarán y desarrollarán en las programaciones didácticas y en las programaciones de aula. Los profesores elaborarán, por tanto, criterios e indicadores de evaluación más concretos.

Agentes responsables de la evaluación del aprendizaje

En la evaluación del proceso de aprendizaje de nuestros alumnos nos encontramos, tal y como se apunta en las estrategias para el desarrollo de la evaluación, con:

  1. Evaluación externa: será desarrollada por agentes evaluadores no directamente implicados en el proceso de enseñanza (pruebas estatales, empresas de evaluación, etc.). El Instituto de Evaluación y el organismo correspondiente de nuestra Administración educativa colaborarán en la realización de evaluaciones generales de diagnóstico que permitan obtener datos representativos, tanto del alumnado y de los centros de las comunidades autónomas, como del conjunto del Estado. Estas evaluaciones versarán sobre las competencias básicas del currículo, y se realizarán en la enseñanza primaria y secundaria (LOE art. 143).
  2. Evaluación interna: será llevada a cabo por los participantes en el proceso que se evalúa. Presenta diversas alternativas en su realización: autoevaluación, heteroevaluación y coevaluación.

Además, los padres o tutores deberán participar y apoyar la evolución del proceso educativo de sus hijos o tutelados, así como conocer las decisiones relativas a la evaluación y promoción, y colaborar en las medidas de apoyo o refuerzo que adopten los centros para facilitar su progreso educativo.

Momentos claves del proceso evaluador

En este marco de evaluación de corte participativo y procesual, vamos a delimitar tres momentos concretos que se identifican a lo largo del proceso continuo evaluador: evaluación inicial, procesual y final.

Técnicas e instrumentos de evaluación

El conjunto de técnicas e instrumentos que permiten recoger la información definida en los referentes, emitir un juicio y tomar una decisión sobre el aprendizaje del alumno son los siguientes:

Técnicas para la recogida de datos:

Teniendo en cuenta que hay cuatro técnicas (o métodos) importantes para obtener información evaluativa: observación, interrogación, análisis y test, para decidir entre ellas, valoraremos la cantidad de tiempo disponible y la cantidad de información precisa.

  1. Técnica de observación
  2. Técnica de interrogación
  3. Técnica de análisis

LA EVALUACIÓN EN LA ETAPA DE EDUCACIÓN INFANTIL

La evaluación en la etapa de Educación Infantil será continua, formativa y global, es decir, atenderá al conjunto de las áreas.

Qué hay que evaluar

Los referentes que se tendrán en cuenta para evaluar serán los objetivos generales de etapa y área y sus criterios de evaluación.

Quiénes son los responsables

La evaluación será responsabilidad de cada tutor, que recogerá información de otros profesionales y que deberá dejar constancia de sus observaciones y valoraciones sobre el proceso de desarrollo y los aprendizajes de cada niño.

Cuándo hay que evaluar

Momentos claves del proceso evaluador:

  1. Evaluación inicial: el tutor realizará una evaluación inicial, recogiendo en un informe el grado de desarrollo de las capacidades básicas, incluyendo la información aportada por las familias y, en su caso, los informes que revistan interés para la vida escolar.
  2. Evaluación procesual: a lo largo de cada uno de los ciclos y de forma continua se utilizarán las distintas situaciones diarias para analizar los progresos y dificultades de los niños. Se establecerán al menos tres sesiones de evaluación a lo largo del curso.

Al finalizar cada curso, los tutores elaborarán un informe individualizado de evaluación a partir de los datos de la evaluación continua.

Evaluación final: el tutor, al finalizar cada uno de los ciclos y con el fin de garantizar una atención individualizada y continuada, recogerá los datos relevantes del informe individualizado de cada curso, y elaborará un informe individualizado de final de ciclo sobre los logros en su proceso de desarrollo y en la adquisición de los aprendizajes en relación con los objetivos establecidos. Asimismo, se harán constar los aspectos que más condicionen su progreso educativo y, en su caso, las medidas de refuerzo y adaptación que se hayan tomado.

Qué decisiones tomamos como consecuencia de la evaluación

  1. Decisiones sobre la aplicación de medidas de apoyo.
  2. Información a las familias: corresponderá al tutor informar regularmente a las familias sobre los progresos y dificultades detectados

LA EVALUACIÓN EN LA ETAPA DE EDUCACIÓN PRIMARIA

Cómo es

La evaluación en la etapa de Educación Primaria será continua, formativa y global, y tendrá en cuenta el progreso del alumno en el conjunto de las áreas.

Qué hay que evaluar

Los referentes que se tendrán en cuenta para evaluar serán los diferentes elementos del currículo: objetivos de etapa, de área, competencias básicas y criterios de evaluación, adecuados a las características propias de nuestro alumnado y al contexto sociocultural de nuestro centro.

Quiénes son los responsables de la evaluación de los alumnos

Los responsables de la evaluación de los alumnos variarán en función de las distintas situaciones de evaluación:

  1. Evaluación interna: el equipo docente fijará los criterios de evaluación y promoción de cada materia. Se realizarán pruebas de diagnóstico en 2º y 6º de E. Primaria.
  2. Evaluación externa: al finalizar el 2º ciclo de la E. Primaria, nuestro centro realizará una evaluación de diagnóstico de las competencias básicas alcanzadas por nuestros alumnos. Esta evaluación, competencia de la Administración educativa, tendrá carácter formativo y orientador para el centro, e informativo para las familias y para el conjunto de la comunidad educativa. Estos resultados permitirán, junto con la evaluación de los procesos de enseñanza y la práctica docente, analizar, valorar y reorientar si procede, las actuaciones desarrolladas en los dos primeros ciclos de la etapa.

Cuándo hay que evaluar

Momentos claves del proceso evaluador:

  1. Evaluación inicial: al comienzo de cada ciclo, los tutores llevarán a cabo una evaluación inicial de los alumnos.

Al comienzo del primer ciclo, la evaluación inicial incluirá los datos correspondientes a la escolarización y a la evaluación final del alumno en la etapa de E. Infantil.

Al comienzo del 2º y 3º ciclo, la evaluación inicial del alumnado incluirá las conclusiones de los informes individualizados del ciclo anterior, que se completarán con otros datos obtenidos por el tutor. Como resultado de esta evaluación, se adoptarán o revisarán las medidas de apoyo y refuerzo educativo o de adaptación curricular significativa que, en su caso, contará con el asesoramiento del Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica.

Para los alumnos que se incorporen tardíamente al sistema educativo español se realizará la prueba inicial en el momento de su incorporación al centro. Atendiendo a los resultados obtenidos por el alumno en esta prueba, si este presentase un desfase en su nivel de conocimientos de más de un ciclo, el centro podrá escolarizarle un curso por debajo del que por edad le correspondería. Esta decisión se comunicará al servicio de inspección educativa.

  1. Evaluación procesual: en cada curso de la etapa se celebrarán, para cada grupo, al menos tres sesiones de evaluación dentro del período lectivo coordinado por el maestro tutor. La valoración de los resultados derivados de estas sesiones constituirá el punto de partida de la siguiente sesión.
  2. Evaluación final: al final de cada ciclo, la última sesión de evaluación, que tendrá carácter de evaluación final, valorará los resultados de la evaluación continua del alumno a lo largo del ciclo. Como consecuencia se consignarán en los documentos de evaluación de los alumnos las calificaciones así como las medidas de apoyo adoptadas.

Además, al final de cada ciclo, el maestro tutor, con la información aportada por los demás maestros del alumno, elaborará un informe individualizado. En él se recogerán aquellos aspectos relevantes sobre su proceso de aprendizaje y socialización, las medidas de apoyo y refuerzo educativo o de adaptación curricular significativa que hubieran sido aplicadas, y otros aspectos que, a juicio del tutor, resulten de interés para el progreso general del alumno.

Estos informes se pondrán a disposición del tutor del grupo del ciclo siguiente.

Qué decisiones tomamos como consecuencia de la evaluación

  1. Decisiones de calificación: los resultados de la evaluación en E. Primaria se expresarán en los siguientes términos: insuficiente (IN), suficiente (SU), bien (BI), notable (NT), sobresaliente (SB), considerándose calificación negativa el insuficiente, y positivas todas las demás. A los alumnos que obtengan en una determinada área la calificación de sobresaliente al finalizar cada ciclo, podrá otorgárseles una mención honorífica, siempre que el resultado obtenido sea consecuencia de un interés por el área especialmente destacables. El número de menciones honoríficas por área en un ciclo no podrá superar el 10% del número de alumnos matriculados de esa área en el segundo curso del ciclo. La atribución de la mención honorífica se consignará en los documentos de evaluación con la expresión “Mención”, a continuación de dicha calificación.
  2. Decisiones de promoción: accederá al ciclo educativo o etapa siguiente, siempre que se considere que ha alcanzado los objetivos establecidos, las competencias básicas correspondientes y el adecuado grado de madurez.

Situaciones que nos podemos encontrar, y decisiones que adoptaremos:

  1. Alumnado que ha alcanzado los objetivos de las áreas, las competencias básicas correspondientes y el adecuado grado de madurez: promociona al ciclo siguiente.
  2. Alumnado que no ha alcanzado los objetivos y/o las competencias básicas correspondientes permanecerá un curso más en el mismo ciclo. Esta medida podrá adoptarse una en la E. Primaria, y con un plan específico de refuerzo o recuperación.
  3. Decisiones sobre la aplicación de medidas de apoyo: algunas de las alternativas para considerar junto con las decisiones de promoción, son la articulación de un conjunto de medidas que apoyan la mejora del aprendizaje del alumno y que suponen el desarrollo de planes específicos de refuerzo identificados en normativa y recogidas en nuestro plan de atención a la diversidad.

LA EVALUACIÓN EN LA ETAPA DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

Cómo es

La evaluación en Educación Secundaria Obligatoria será continua y diferenciada según las distintas materias del currículo.

Qué hay que evaluar

Los referentes de la evaluación serán los objetivos específicos y los conocimientos adquiridos en cada una de las materias, según los criterios de evaluación.

Quiénes son los responsables

Los responsables de la evaluación de los alumnos variarán en función de las distintas situaciones de evaluación:

  1. Evaluación interna: La evaluación continua será desarrollada por el equipo docente, integrado por el conjunto de profesores del alumno, coordinado por el profesor tutor y, en su caso, asesorado por el departamento de orientación del centro. Las calificaciones de las materias serán decididas por el profesor respectivo. Las demás decisiones serán adoptadas por consenso del equipo docente. Si ello no fuera posible, se adoptarán por mayoría de dos tercios de los profesores que impartan clase al alumno.
  2. Evaluación externa: evaluación de diagnóstico: desarrollada al término de 2.º de la ESO sobre las competencias básicas alcanzadas por los alumnos.

Asimismo, la Consejería de Educación, conforme a su propio plan de evaluación, podrá realizar evaluaciones externas al finalizar cualquiera de los cursos de la etapa.

El centro tendrá en cuenta la información proveniente de estas evaluaciones para, entre otros fines, organizar las medidas y programas necesarios dirigidos a mejorar la atención del alumnado y a garantizar que alcance las correspondientes competencias básicas.

Cuándo hay que evaluar

Momentos claves del proceso evaluador:

  1. Evaluación inicial:
  2. Al comienzo de la Educación Secundaria Obligatoria –partiendo de la información recogida en el informe de aprendizaje de la Educación Primaria del alumno- , los profesores llevarán a cabo una evaluación inicial para garantizarle una atención individualizada.

A los alumnos que se incorporen tardíamente al sistema educativo español, se les aplicará la evaluación inicial de la Educación Secundaria Obligatoria en el momento de su incorporación.

  1. Evaluación procesual: en cada curso de la etapa se celebrarán para cada grupo, además de la evaluación inicial, al menos tres sesiones de evaluación dentro del período lectivo. La valoración de los resultados derivados de estos acuerdos y decisiones constituirá el punto de partida de la siguiente sesión de evaluación.
  2. Evaluación final: se consignarán en los documentos de evaluación de los alumnos las calificaciones obtenidas tanto en las materias del curso como en las materias pendientes, en su caso, de cursos anteriores.

Además, al término de la evaluación final, el profesor tutor, con la información recabada de los demás profesores del grupo y del departamento de orientación, realizará un informe de cada alumno en el que se valore el grado de consecución de los objetivos, el aprendizaje de los alumnos en relación con la adquisición de las competencias básicas. Igualmente, constará la decisión de promoción o titulación, en su caso, y se hará referencia a aquellos aspectos en los que el alumno deberá mejorar, así como las medidas de recuperación que precise. Este informe será remitido a los padres o tutores de cada alumno.

Cuando, tras la celebración de la prueba extraordinaria, un alumno mantenga con calificaciones negativas más de dos materias correspondientes a uno o varios cursos, el tutor especificará en un nuevo informe las medidas educativas propuestas por el equipo docente para contribuir a que el alumno alcance los objetivos de dichas materias.

A los alumnos que como resultado de las evaluaciones extraordinarias hayan superado todas las materias del curso en que están matriculados, y, en su caso, todas las materias pendientes de cursos anteriores, se les consignará, si son alumnos de cuarto curso, la propuesta de expedición del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, y en los demás casos la promoción.

Las evaluaciones extraordinarias se realizarán en Febrero y en Septiembre.

Qué decisiones tomamos como consecuencia de la evaluación

  1. Decisiones de calificación: los resultados de la evaluación en la E.S.O se expresarán con las siguientes calificaciones cualitativas: insuficiente (IN), suficiente (SU), bien (BI), notable (NT), sobresaliente (SB). Estas expresiones irán acompañadas de una calificación cuantitativa sin emplear decimales, en una escala de 1 a 10, aplicándose las siguientes correspondencias:

Insuficiente: 1, 2, 3 ó 4.

Suficiente: 5.

Bien: 6.

Notable: 7 u 8.

Sobresaliente: 9 ó 10.

Cuando un alumno no se presente a la prueba extraordinaria correspondiente a alguna de las materias calificadas con insuficiente en la evaluación final ordinaria, en los documentos de evaluación se pondrá la expresión No Presentado (NP).

  1. Decisiones de promoción: promociona al curso siguiente cuando ha superado los objetivos de las materias cursadas o tenga evaluación negativa en dos materias como máximo.
  2. Decisiones de titulación: los alumnos que al terminar la E.S.O hayan alcanzado las competencias básicas y los objetivos de la etapa, obtendrán el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Quienes superen todas las materias de la etapa, obtendrán el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Asimismo, podrán obtener dicho título aquellos que hayan finalizado el curso con evaluación negativa en una o dos materias, y excepcionalmente en tres, siempre que entre ellas no se cuenten simultáneamente Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas.

Situaciones que nos podemos encontrar, y decisiones que adoptaremos con carácter general:

  1. Alumnado que ha superado los objetivos de las materias cursadas: promociona al curso siguiente.
  2. Alumnado que, tras la celebración de la prueba extraordinaria, tenga evaluación negativa en dos materias como máximo: promociona al curso siguiente.
  3. Alumnado con evaluación negativa en tres o más materias: repite el curso en su totalidad. Excepcionalmente, podrá autorizarse la promoción con evaluación negativa en tres materias, siempre que no se cuenten entre ellas simultáneamente Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas. Podrá repetir el mismo curso una sola vez y dos veces como máximo dentro de la etapa. Excepcionalmente, un alumno podrá repetir una segunda vez en cuarto curso si no ha repetido en los cursos anteriores de la etapa.

Qué ocurre con los alumnos que no reúnan los requisitos para pasar al curso siguiente

Con carácter general, quien no promocione, deberá permanecer un año más en el mismo curso, tal y como se ha descrito en el apartado anterior. No obstante, estas decisiones estarán condicionadas por el curso en el que se encuentre el alumno:

  1. Cuando el alumno haya cursado primero:
    1. Repetición de primer curso si no lo ha hecho con anterioridad.
    2. Promoción a segundo con materias pendientes, y aplicación de las correspondientes medidas de apoyo educativo.
  2. Cuando el alumno haya cursado segundo:
    1. Repetición de segundo curso si no lo ha hecho con anterioridad.
    2. Promoción a tercero con materias pendientes si ya ha repetido segundo curso, y aplicación de las correspondientes medidas de apoyo educativo.
    3. Incorporación al programa de diversificación curricular si el alumno ya ha repetido, al menos, una vez en la etapa y dispone aún, como mínimo, de dos años de escolarización.
    4. Incorporación a un programa de cualificación profesional inicial si el alumno ya ha repetido, al menos, una vez en la etapa. Cuando el alumno tenga quince años, será necesario el acuerdo de los padres y del propio alumno.
  3. Cuando el alumno haya cursado tercero:
    1. Repetición de tercer curso si no lo ha hecho con anterioridad.
    2. Promoción a cuarto con materias pendientes si ya ha repetido tercer curso, y aplicación de las correspondientes medidas de apoyo educativo.
    3. Incorporación al primer curso o al segundo curso del Programa de Diversificación Curricular si en el momento de la incorporación el alumno dispone, respectivamente, de dos años o un año de escolarización.
    4. Incorporación a un programa de cualificación profesional inicial si el alumno tiene hasta diecisiete años cumplidos en el año en el que inicie el programa, y ha repetido, al menos, una vez en la etapa.
  4. Cuando el alumno haya cursado cuarto y no ha obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria:
    1. Repetición del cuarto curso, siempre que no haya repetido dos cursos anteriores.
    2. Una segunda repetición del cuarto curso, siempre que no haya repetido ningún curso anterior de la etapa.
    3. Incorporación al segundo año del Programa de Diversificación Curricular.
    4. Incorporación a un programa de cualificación profesional inicial si el alumno tiene diecisiete años cumplidos en el año en que comienza el curso.

Decisiones sobre la aplicación de medidas de apoyo: algunas de las alternativas para considerar junto con las decisiones de promoción, en el último paso del proceso de evaluación, son la articulación de un conjunto de medidas que apoyen la mejora del aprendizaje del alumno, en el marco de una evaluación sumativa, y que suponen el desarrollo de planes específicos de refuerzo identificados en la normativa, y recogidas en nuestro plan de atención a la diversidad.

3 .Organización General del Centro

Los fines que persigue el colegio «La Inmaculada» y el modelo educativo que oferta a la sociedad exigen, ineludiblemente, que los distintos miembros y grupos (representantes de la titularidad, profesores, personal no docente, padres o tutores legales de alumnos, y alumnos) se configuren como una comunidad educativa cristiana. Por ello, además de asumir como propias las pautas y las estructuras organizativas prescritas por la Administración, adopta aquellas que considera más pertinentes en orden a conformar dicha comunidad.

4 .Orientación educativa, atención al alumnado y Plan de Acción Tutorial (PAT)

PLANTEAMIENTO GENERAL (Justificación del Proyecto)

La acción tutorial tiene carácter de coordinación docente encargada de atender a las dificultades de aprendizaje de los alumnos, de facilitar la integración de estos en el grupo-aula y en la vida del centro, de canalizar sus problemas e inquietudes, de encauzar su proceso de evaluación, de informar a los padres de todo lo concerniente a la educación de sus hijos y de actuar los tutores como mediadores entre padres, profesores y alumnos. 

OBJETIVOS

CON LOS ALUMNOS:Organizar actividades de acogida a principios de curso, sobre todo para los alumnos que llegan al centro por primera vez.Hablar a principio de curso con los alumnos de sus derechos y deberes, sobre las normas de régimen interior y disciplina del centro e informarles sobre el funcionamiento del centro.Informar de los Criterios de evaluación, promoción y titulación.Preparar entrevistas individuales con alumnos, cuando estos lo precisen o el profesor lo considere oportuno.Conocer la situación de cada alumno en el grupo, en el centro, y en su entorno familiar y social en los casos que sea necesario y ofrecer la ayuda necesaria para que esta sea idónea.Conocer la dinámica interna del grupo e intervenir si fuera necesario para recomponer esa dinámica.Estimular y orientar al grupo para que plantee sus necesidades, expectativas, problemas y dificultades.Profundizar en el conocimiento de las aptitudes, intereses y motivaciones de los alumnos para ayudarles en la toma de decisiones en la vida diaria.Promover y coordinar actividades que fomenten la convivencia, la integración y la participación de los alumnos en la vida del centro y del entorno.Intervenir en la resolución de conflictos e imponer las medidas que se contempla en el decreto de derechos y deberes.Elaborar las ACIS Significativas y no significativas de sus alumnos que lo precisen, llevar el seguimiento y hacer un informe trimestral y final.CON LOS PROFESORES:Preparar y consensuar con el equipo educativo un plan de acción tutorial para todo el curso.Adquirir una visión global sobre la programación, objetivos y aspectos metodológicos de las distintas áreas.Preparar, coordinar y moderar las sesiones de evaluación, procurando que su desarrollo se ajuste a los principios de evaluación continua, formativa y orientadora que se propugna para todas las fases del proceso evaluador.Establecer cauces de colaboración con los demás tutores, a la hora de marcar y revisar objetivos, preparar materiales y coordinar el uso de los medios disponibles.Coordinarse y recabar la información necesaria para la elaboración de las ACIS significativas y no significativas de sus alumnos, llevar el seguimiento y hacer un informe trimestral y final.CON LAS FAMILIASReunir a las familias al comienzo de curso para informarles de la dinámica del centro.Programar las reuniones generales y con las familias para informar de las programaciones, evaluación y rendimiento escolar, así como del cumplimiento de los objetivos, marcha del aula y otras informaciones.Conseguir la colaboración de las familias en relación con el trabajo personal de sus hijos, organización del tiempo de estudio en casa, y también del tiempo libre y de descanso.Mantener entrevistas con las familias cuando ellos lo soliciten o el tutor las considere necesarias, anticipándose a las situaciones de inadaptación o fracaso escolar.Informar a las familias sobre las faltas de asistencia, incidentes o sanciones.Organizar actividades y charlas sobre temas formales de interés para las familias (con la colaboración del equipo directivo y del equipo de orientación educativa y psicopedagógica).

ORGANIZACIÓN METODOLÓGICA Y DINÁMICA DEL PROYECTO

Se entregará a cada profesor un resumen de las actividades que deben realizarse en cada trimestre para poder registrar cuando se hacen.Se deberá entregar una ficha en la que expliquen como han funcionado las dinámicas realizadas.En cada entrevista con las familias se rellenará una ficha donde se recoge un resumen de la misma.Se propondrán diferentes actividades para curso de forma que se pueda establecer unas concretas en cada uno y así no repetirlas en cursos posteriores.

EVALUACIÓN: Puntos de partida; Procesos de evaluación del trabajo; ¿Qué, cómo, cuándo y quién evalúa?; Conclusiones/Valoración.

El plan se irá revisando según vayan realizándose las actividades, y con la información obtenida cada trimestre se propondrán mejoras para el siguiente.El equipo se encargará de recoger la información de los profesores y la valoración de cada uno de forma que puedan ver los fallos o errores del plan.Durante el curso se irá mejorando el plan con nuevas propuestas de forma que pueda estar revisado al finalizar cada trimestre.

5 .Medidas de Atención a la diversidad

PLANTEAMIENTO GENERAL (Justificación del Proyecto)

El objetivo de este plan es compensar las carencias derivadas de situaciones personales, sociales y culturales desfavorecidas y garantizar una respuesta educativa de acuerdo a la diversidad existente referente a necesidades, intereses y diferencias culturales y sociales de los alumnos.Consideramos la pluralidad sociocultural como un factor enriquecedor de una escuela integradora y plural.Este plan va encaminado a prevenir y resolver aspectos relacionados con la diversidad del alumnado, evitando problemas de exclusión social, discriminación e inadaptación. 

OBJETIVOS

– Posibilitar la integración social y educativa, potenciando actitudes de aceptación y respeto en todo el alumnado.- Incorporar los diferentes valores que aportan las culturas existentes en el Centro, teniendo como referencia el Proyecto Educativo del Centro.- Ofrecer al alumnado con necesidades educativas especiales una respuesta educativa adecuada y de calidad que le facilite alcanzar los objetivos mínimos de la educación Primaria.- Impulsar la colaboración y coordinación del Centro con otras Instituciones y asociaciones.- Promover la formación del profesorado en temas relacionados con la atención a la diversidad.- Establecer cauces de colaboración entre los diversos profesores que intervienen con los alumnos de necesidades educativas especiales. 

ORGANIZACIÓN METODOLÓGICA Y DINÁMICA DEL PROYECTO

 La metodología y dinámica del trabajo se basa en la total coordinación de los profesionales que participan en este proyecto:Detección de alumnos de Apoyo o Refuerzo Educativo.Procedimiento de actuación. Actuaciones Básicas.Evaluación y Seguimiento.  

6 .Reglamento de Régimen Interno (RRI) y Plan de Convivencia (PC)

TÍTULO PRELIMINAR

Art. 1.- Objeto.

El presente Reglamento tiene por objeto regular la organización y el funcionamiento del Centro LA INMACULADA y promover la participación de todos los que forman la Comunidad Educativa.

Art. 2.- Domicilio y registro.

El Centro está ubicado en Valladolid provincia, en la C/ Nueva del Carmen, 35 y está inscrito en el registro de Centros de la Administración educativa con el número 47003830.

Art. 3.- Principios dinamizadores.

La organización y el funcionamiento del Centro responderá a los siguientes principios:

  1. El carácter católico del Centro.
  2. La plena realización de la oferta educativa contenida en el Carácter Propio del Centro.
  3. La configuración del Centro como Comunidad Educativa.

Art. 4.- Sostenimiento del Centro con fondos públicos.

El Centro está acogido al régimen de conciertos educativos regulado en el Título IV de la LODE, en el Reglamento de normas básicas sobre conciertos educativos aprobados por el Real Decreto 2377/1985, de 18 de Diciembre y en sus normas de desarrollo.

Art. 5.- Titular.

El Titular del Centro es la Institución de las Misioneras Seculares de Jesús Obrero, Institución religiosa católica con personalidad jurídica, plena capacidad y autonomía, reconocidas en la legislación vigente.

Art. 6.- Autorización y autonomía.

El Centro debidamente autorizado, imparte las enseñanzas de E. Infantil, E. Primaria y E.S.O., y goza de plenas facultades académicas y de autonomía para establecer materias optativas, adaptar los programas a las características del medio en que está inserto, adoptar métodos de enseñanza y organizar actividades y servicios complementarios y culturales, escolares y extraescolares.

TÍTULO I – COMUNIDAD EDUCATIVA

Art. 7.- Miembros.

  1. El Centro se configura como una Comunidad Educativa integrada por el conjunto de personas que, relacionadas entre sí e implicadas en la acción educativa, comparten y enriquecen los objetivos del Centro.
  2. En el seno de la Comunidad Educativa las funciones y responsabilidades son diferenciadas en razón de la peculiar aportación que realizan al proyecto común la Entidad Titular, los alumnos/as, los profesores/as, los padres, el personal de administración y servicios y otros colaboradores.

Art. 8.- Derechos.

Los miembros de la Comunidad Educativa tienen derecho a:

  1. Ser respetados en sus derechos y en su integridad y dignidad personales.
  2. Conocer el Carácter Propio, el Proyecto Educativo y el Reglamento de Régimen Interior del Centro.
  3. Participar en el funcionamiento y en la vida del Centro, de conformidad con lo dispuesto en el presente Reglamento.
  4. Celebrar reuniones de los respectivos estamentos en el Centro, para tratar asuntos de la vida escolar, previa la oportuna autorización de la Entidad Titular.
  5. Constituir Asociaciones de los miembros de los respectivos estamentos de la Comunidad Educativa, con arreglo a lo dispuesto en la ley.
  6. Presentar peticiones y quejas formuladas por escrito ante el órgano que, en cada caso, corresponda.
  7. Reclamar ante el órgano competente en aquellos casos en que sean conculcados sus derechos.
  8. Ejercer aquellos otros derechos reconocidos en las leyes, en el Carácter Propio del Centro y en el presente Reglamento.

Art. 9.- Deberes.

Los miembros de la Comunidad Educativa están obligados a:

  1. Respetar los derechos de la Entidad Titular, los alumnos/as, los profesores/as, los padres, el personal de administración y servicios y los otros miembros de la Comunidad Educativa.
  2. Respetar el Carácter Propio, el Proyecto Educativo, el presente Reglamen­to y otras normas de organización y funcionamiento del Centro y de sus actividades y servicios.
  3. Respetar y promover la imagen del Centro.
  4. Asistir y participar en las reuniones de los órganos de los que formen parte.

Art. 10.- Normas de convivencia.

  1. Las normas de convivencia del Centro definen las características de las conductas que deben promoverse para lograr:
  1. El crecimiento integral de la persona.
  2. Los fines educativos del Centro.
  3. El desarrollo de la Comunidad Educativa.
  4. Un buen ambiente educativo y de relación en el Centro.
  5. El respeto a los derechos de todas las personas que participan en la acción educativa.
  6. Son normas de convivencia del Centro:
  1. El respeto a la integridad física y moral y a los bienes de las personas que forman la Comunidad Educativa y de aquellas otras personas e instituciones que se relacionan con el Centro con ocasión de la realización de las actividades y servicios del mismo.
  2. La tolerancia ante la diversidad y la no discriminación.
  3. La corrección en el trato social, en especial, mediante el empleo de un lenguaje correcto y educado.
  4. El interés por desarrollar el propio trabajo y función con responsabilidad.
  5. El respeto por el trabajo y función de todos los miembros de la Comunidad Educativa.
  6. La cooperación en las actividades educativas o convivenciales.
  7. La buena fe y la lealtad en el desarrollo de la vida escolar.
  8. El cuidado en el aseo e imagen personal y la observancia de las normas del Centro sobre esta materia.
  9. La actitud positiva ante los avisos y correcciones.
  10. La adecuada utilización del edificio, mobiliario, instalaciones y material del Centro, conforme a su destino y normas de funcionamiento, así como el respeto a la reserva de acceso a determinadas zonas del Centro.
  11. En general, el cumplimiento de los deberes que se señalan en la legislación vigente y en el presente Reglamento a los miembros de la Comunidad Educativa y de cada uno de sus estamentos.
  12. CAPÍTULO PRIMERO: ENTIDAD TITULAR.

Art. 11.- Derechos.

La Entidad Titular tiene derecho a:

  1. Establecer el Carácter Propio del Centro, garantizar su respeto y dinamizar su efectividad.
  2. Promover la elaboración del Proyecto Educativo del Centro y proponer su aprobación al Consejo de la Comunidad Educativa.
  3. Dirigir el Centro, ostentar su representación y asumir en última instancia la responsabilidad de su organización y gestión.
  4. Ordenar la gestión económica del Centro.
  5. Decidir la solicitud de autorización de nuevas enseñanzas, y la modifica­ción y extinción de la autorización existente.
  6. Decidir la suscripción de los conciertos a que se refiere la Ley Orgánica del Derecho a la Educación, promover su modificación y extinción.
  7. Decidir la prestación de actividades y servicios.
  8. Promover la elaboración y proponer el Reglamento de Régimen Interior para su aprobación en el Consejo de la Comunidad Educativa.
  9. Nombrar y cesar a los órganos unipersonales de gobierno y gestión del Centro y a sus representantes en el Consejo de la Comunidad Educativa, de conformidad con lo señalado en el presente Reglamento.
  10. Nombrar y cesar a los órganos de coordinación de la acción educativa, de conformidad con lo indicado en el presente Reglamento.
  11. Incorporar, contratar, nombrar y cesar al personal del Centro respetando los procedimientos legalmente establecidos.
  12. Fijar, dentro de las disposiciones en vigor, la normativa de admisión de alumnos en el Centro y decidir sobre la admisión y cese de éstos.
  13. Tener la iniciativa en materia de disciplina de alumnos por transgresiones graves.

Art. 12.- Deberes.

La Entidad Titular está obligada a:

  1. Dar a conocer el Carácter Propio, el Proyecto Educativo y el Reglamento de Régimen Interior del Centro.
  2. Responsabilizarse del funcionamiento y gestión del Centro ante la Comunidad Educativa, la Sociedad, la Iglesia y la Administración.
  3. Cumplir las normas reguladoras de la autorización del Centro, de la ordenación académica y de los conciertos educativos, así como la legislación laboral vigente

Art. 13.- Representación.

La representación ordinaria de la Entidad Titular estará conferida a la Directora Titular del Centro en los términos señalados en el artículo 42 del presente Reglamento.

CAPÍTULO SEGUNDO: ALUMNOS/AS.

Art. 14.- Derechos.

Los alumnos/as tienen derecho a:

  1. Recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad.
  2. Ser respetados en su libertad de conciencia, así como en sus convicciones religiosas y morales.
  3. Ser valorados en su rendimiento escolar conforme a criterios públicos y objetivos.
  4. Recibir orientación escolar y profesional.
  5. Recibir la información que les permita optar a posibles ayudas compensa­torias de carencias de tipo familiar, económico y sociocultural, así como de protección social en los casos de accidente o infortunio familiar.
  6. Ser respetados en su intimidad en el tratamiento de los datos personales de que dispone el Centro que, por su naturaleza, sean confidenciales.
  7. Continuar su relación con el Centro una vez hayan concluido sus estudios en el mismo.

Art. 15.- Deberes.

Los alumnos/as están obligados a:

  1. Observar una actitud responsable en sus trabajos de estudiantes.
  2. Esforzarse por superar los niveles mínimos de rendimiento académico.
  3. Adquirir los hábitos intelectuales y de trabajo en orden a su capacitación para la continuidad en sus estudios y la posterior actividad profesional.
  4. Adquirir los hábitos que les hagan reconocer, respetar y apreciar los valores de los derechos fundamentales de la persona y de la convivencia.
  5. Cumplir el horario y calendario escolar.

Art. 16.- Admisión.

  1. La admisión de alumnos compete a la Entidad Titular del Centro.
  2. En los niveles sostenidos con fondos públicos, en el supuesto de que no existan plazas suficientes para todos los solicitantes, se estará a lo dispuesto en los artículos 11, 53 y 20.2 de la LODE y en la normativa complementaria y de desarrollo.

CAPÍTULO TERCERO. PROFESORES/AS.

Art. 17.- Derechos.

Los profesores/as tienen derecho a:

  1. Desempeñar libremente su función educativa de acuerdo con las características del puesto que ocupen.
  2. Su formación permanente.
  3. Participar en la elaboración del Proyecto Curricular de Etapa.
  4. Desarrollar su metodología de acuerdo con el Proyecto Curricular de la Etapa y de forma coordinada por el Seminario correspondiente.
  5. Ejercer libremente su acción evaluadora de acuerdo con los criterios establecidos en el Proyecto Curricular de Etapa.
  6. Utilizar los medios materiales y las instalaciones del Centro para los fines educativos, con arreglo a las normas reguladoras de su uso.

Art. 18.- Deberes.

Los profesores/as están obligados a:

  1. Ejercer sus funciones con arreglo a las condiciones estipuladas en su contrato y/o nombramiento.
  2. Cooperar en el cumplimiento de los objetivos del Proyecto Educativo del Centro y seguir, en el desempeño de sus funciones, las directrices estableci­das en el Proyecto Curricular de la Etapa.
  3. Participar en la elaboración de la programación específica del área o materia que imparte, en el seno del Equipo Docente del curso y del Seminario correspondiente.
  4. Elaborar la programación de aula.
  5. Participar en la evaluación de los distintos aspectos de la acción educativa.
  6. Orientar a los alumnos/as en las técnicas de trabajo y de estudio específico de su área o materia, dirigir las prácticas o seminarios relativos a la misma, así como analizar y comentar con ellos las pruebas realizadas.
  7. Colaborar en mantener el orden y la disciplina dentro del ejercicio de sus funciones.
  8. Cumplir puntualmente el calendario y horario escolar.
  9. Procurar su perfeccionamiento profesional.
  10. Guardar sigilo profesional.

Art. 19.- Admisión.

  1. La cobertura de vacantes de profesorado compete a la Entidad Titular del Centro. De las decisiones adoptadas y del currículo de los nuevos profesores la Entidad Titular del Centro dará información al Consejo de la Comunidad Educativa.
  2. Las vacantes del personal docente se podrán cubrir mediante ampliación del horario de profesores del Centro que no presten sus servicios a jornada completa, por la incorporación de profesores excedentes o en análoga situación, o con arreglo a lo dispuesto en la legislación vigente respecto al profesorado cuya relación con la Entidad Titular del Centro no tenga el carácter de laboral.
  3. Mientras se desarrolla el procedimiento de selección la Entidad Titular podrá cubrir provisionalmente la vacante.

CAPÍTULO CUARTO: PADRES.

Art. 20.- Derechos.

Los padres o tutores tienen derecho a:

  1. Que en el Centro se imparta el tipo de educación definido por el Proyecto Educativo del Centro.
  2. Participar en los asuntos relacionados con el desarrollo del proceso educativo de sus hijos en el Centro.
  3. Recibir información acerca del proceso educativo de sus hijos.
  4. Ser recibidos por los profesores del Centro en los horarios establecidos.

Art. 21.- Deberes.

Los padres están obligados a:

  1. Procurar la adecuada colaboración entre la familia y el Centro, a fin de alcanzar una mayor efectividad en la tarea educativa. A tal efecto:

– Asistirán a las entrevistas y reuniones a las que sean convocados por la Directora Titular, la Directora Pedagógica, la Coordinadora de Etapa o las Tutoras para tratar asuntos relacionados con la educación de sus hijos.

– Propiciarán las circunstancias que, fuera del Centro, puedan hacer más efectiva la acción educativa del mismo.

– Informarán a los educadores de aquellos aspectos de la personalidad y circunstancias de sus hijos que sean relevantes para su formación e integración en el entorno escolar.

  1. Aceptar el ideario así como las normas internas del centro.
  2. Respetar el ejercicio de las competencias técnico-profesionales del personal del Centro.
  3. Justificar, por escrito, las faltas de asistencia o puntualidad de sus hijos.

CAPÍTULO QUINTO. PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS.

Art. 22.- Derechos.

El personal de administración y servicios tiene derecho a:

  1. Ser integrado como miembro de la Comunidad Educativa.
  2. Ser informado acerca de los objetivos y organización general del Centro y participar en su ejecución en aquello que les afecte.
  3. Su formación permanente.

Art. 23.- Deberes.

El personal de administración y servicios está obligado a:

  1. Ejercer sus funciones con arreglo a las condiciones estipuladas en su contrato y/o nombramiento.
  2. Procurar su perfeccionamiento profesional.

Art. 24.- Admisión.

El Personal de Administración y Servicios será nombrado y cesado por la Entidad Titular del Centro.

CAPÍTULO SEXTO. OTROS MIEMBROS.

Art. 25.- Otros miembros.

Podrán formar parte de la Comunidad Educativa otras personas (colaborado­res, antiguos alumnos, voluntarios y otros) que participen en la acción educativa del Centro de acuerdo con los programas que determine la Entidad Titular del Centro.

Art. 26.- Derechos.

Estos miembros de la Comunidad Educativa tendrán derecho a:

  1. Hacer público en el ámbito escolar su condición de colaboradores o voluntarios.
  2. Ejercer sus funciones en los términos establecidos por la legislación que les sea aplicable.

Art. 27.- Deberes.

Estos miembros de la Comunidad Educativa estarán obligados a:

  1. Desarrollar su función en los términos establecidos en los programas a que se refiere el artículo 25 del presente Reglamento.
  2. No interferir en el normal desarrollo de la actividad del Centro.

CAPÍTULO SÉPTIMO. LA PARTICIPACIÓN.

Art. 28.- Características.

La participación en el Centro se caracteriza por ser:

  1. La condición básica del funcionamiento del Centro y el instrumento para la efectiva aplicación de su Carácter Propio y Proyecto Educativo.
  2. Diferenciada, en función de la diversa aportación al proyecto común de los distintos miembros de la Comunidad Educativa.

Art. 29. Ámbitos.

Los ámbitos de participación en el Centro son:

  1. El personal.
  2. Los órganos colegiados.
  3. Las asociaciones.
  4. Los delegados.

Art. 30.- Ámbito personal.

Cada uno de los miembros de la Comunidad Educativa participa, con su peculiar aportación, en la consecución de los objetivos del Centro.

Art. 31.- Órganos colegiados.

  1. Los distintos miembros de la Comunidad Educativa participan en los órganos colegiados del Centro según lo señalado en los Títulos Tercero y Cuarto del presente Reglamento.
  2. La Entidad Titular podrá constituir Consejos para la participación de los miembros de la Comunidad educativa en las áreas que se determinen.

Art. 32.- Asociaciones.

  1. Los distintos estamentos de la Comunidad Educativa podrán constituir Asociaciones, conforme a la legislación vigente, con la finalidad de:
  1. Promover los derechos de los miembros de los respectivos estamentos.
  2. Colaborar en el cumplimiento de sus deberes.
  3. Coadyuvar en la consecución de los objetivos del Centro plasmados en el Carácter Propio y en el Proyecto Educativo.
  4. Las Asociaciones tendrán derecho a:
  1. Establecer su domicilio social en el Centro.
  2. Participar en las actividades educativas del Centro de conformidad con lo que se establezca en el Proyecto Curricular de la Etapa.
  3. Celebrar reuniones en el Centro, para tratar asuntos de la vida escolar, y realizar sus actividades propias previa la oportuna autorización de la Entidad Titular. Dicha autorización se concederá siempre que la reunión o las actividades no interfieran con el normal desarrollo de la vida del Centro y sin perjuicio de la compensación económica que, en su caso, proceda.
  4. Proponer candidatos de su respectivo estamento para el Consejo de la Comunidad Educativa, en los términos establecidos en el Título Tercero del presente Reglamento.
  5. Solicitar información de los órganos del Centro sobre aquellas cuestiones que les afecten.
  6. Presentar sugerencias, peticiones y quejas formulados por escrito ante el órgano que, en cada caso, corresponda.
  7. Reclamar ante el órgano competente en aquellos casos en que sean conculcados sus derechos.
  8. Ejercer aquellos otros derechos reconocidos en las leyes, en el Carácter Propio del Centro y en el presente Reglamento.
  9. Las Asociaciones están obligadas a cumplir los deberes y normas de convivencia señalados en los artículos 9 y 10 del presente Reglamento y los deberes propios del respectivo estamento.

Art. 33.- Delegados.

Los alumnos y los padres podrán elegir democráticamente delegados de clase, curso y etapa por el procedimiento y con las funciones que determine la Entidad Titular del Centro.

TITULO II – ACCIÓN EDUCATIVA

Art. 34.- Principios.

  1. La acción educativa del Centro se articula en torno al Carácter Propio, la legislación aplicable, las características de sus agentes y destinatarios, los recursos del Centro y el entorno en el que se encuentra.
  2. Los miembros de la Comunidad Educativa, cada uno según su peculiar aportación, son los protagonistas de la acción educativa del Centro.
  3. La acción educativa del Centro integra e interrelaciona los aspectos académicos, formativos, pastorales y aquellos otros orientados a la consecución de los objetivos del Carácter Propio del Centro.

Art. 35.- Carácter Propio.

  1. La Entidad Titular dota al Centro de su Carácter Propio y tiene la potestad de modificarlo.
  2. El Carácter Propio del Centro define:
  1. La naturaleza, características y finalidades fundamentales del Centro, la razón de su fundación.
  2. La visión del hombre que orienta la acción educativa.
  3. Los valores, actitudes y comportamientos que se potencian en el Centro.
  4. Los criterios pedagógicos básicos del Centro.
  5. Los elementos básicos de la configuración organizativa del Centro y su articulación en torno a la Comunidad Educativa.

Art. 36.- Proyecto Educativo de Centro.

  1. El Proyecto Educativo prioriza los objetivos del Carácter Propio del Centro para un periodo de tiempo determinado, respondiendo a las demandas que se presentan con mayor relevancia a la luz del análisis de:
  1. Las características de los miembros de la Comunidad Educativa.
  2. El entorno inmediato en el que se ubica el Centro.
  3. La realidad social, local, autonómica, nacional e internacional.
  4. Las prioridades pastorales de la Iglesia.
  5. El Proyecto Educativo es aprobado por el Consejo de la Comunidad Educativa a propuesta de la Entidad Titular del Centro. En su elaboración participan todos los miembros de la Comunidad Educativa, sus Asociaciones y los órganos de gobierno y gestión y de coordinación del Centro, conforme al procedimiento que establezca el Equipo Directivo. Dirige su elaboración, ejecución y evaluación la Directora Titular.

Art. 37.- Propuesta Pedagógica de Etapa.

  1. La Propuesta Pedagógica de Etapa adapta las finalidades que deben desarrollarse en la etapa integrando, interrelacionadas, las distintas facetas de la acción educativa del Centro, de acuerdo con su Proyecto Educativo.
  2. La Propuesta Pedagógica de Etapa incluirá:
  1. La concreción de los objetivos de etapa.
  2. La metodología pedagógica.
  3. Los criterios de evaluación y promoción.
  4. Los principios de organización y funcionamiento de las tutorías.
  5. El Propuesta Pedagógica de Etapa es aprobada por el profesorado de la Etapa Dirige su elaboración, ejecución y evaluación la Directora Pedagógica.

Art. 38.- Programación de Aula.

Los profesores realizarán la programación de aula conforme a las determina­ciones de la Propuesta Pedagógica de Etapa y en coordinación con los otros profesores del mismo ciclo.

Art. 39.- Evaluación.

  1. La evaluación de la acción educativa es el instrumento para la verificación del cumplimiento de los objetivos del Centro y la base para la adopción de las correcciones que sean pertinentes para un mejor logro de sus fines.
  2. La evaluación de la acción educativa abarca todos los aspectos del funcionamiento del Centro.
  3. En la evaluación de la acción educativa participará toda la Comunidad Educativa. Dirige su elaboración y ejecución la Directora Titular.

Art. 40.- Programación General Anual del Centro.

  1. La Programación General Anual del Centro, basada en la evaluación y dinámica del mismo y de su entorno, incluirá:
  1. Las modificaciones de la Propuesta Pedagógica de Etapa derivadas del resultado de la evaluación de la misma.
  2. Los horarios de los alumnos y la organización básica del profesorado.
  3. Las acciones de formación permanente del profesorado.
  4. El procedimiento de evaluación de los diversos aspectos del Centro (dirección, función docente, formativos, pastorales).
  5. La Programación General Anual del Centro es elaborada por el Equipo Directivo y aprobada por el Consejo de la Comunidad Educativa a propuesta de la Directora Titular. Dirige su elaboración, ejecución y evaluación la Directora Titular.

TÍTULO III ÓRGANOS DE GOBIERNO Y GESTIÓN

Art. 41.- Órganos de gobierno y gestión.

  1. Los órganos de gobierno y gestión del centro son unipersonales y colegiados.
  2. Son órganos unipersonales de gobierno y gestión, la Dirección Titular, las Direcciones Pedagógicas , la Coordinadora General de Pastoral y la Administradora.
  3. Son órganos colegiados de gobierno y gestión, el Equipo Directivo y el Consejo de la Comunidad Educativa.
  4. Los órganos de gobierno y gestión desarrollarán sus funciones promovien­do los objetivos del Carácter Propio y del Proyecto Educativo de Centro y de conformidad con la legalidad vigente.

CAPÍTULO PRIMERO: ÓRGANOS UNIPERSONALES.

Seccion Primera: Dirección Titular.

Art. 42.- Competencias.

Son competencias de la Dirección Titular:

  1. Ostentar la representación ordinaria de la Entidad Titular del Centro con las facultades que ésta le otorgue.
  2. Velar por la efectiva realización del Carácter Propio y del Proyecto Educativo de Centro.
  3. Convocar y presidir las reuniones del Equipo Directivo y del Consejo de la Comunidad Educativa.
  4. Presidir, cuando asista, las reuniones del Centro sin menoscabo de las facultades reconocidas a los otros órganos unipersonales.
  5. Aquellas otras que se señalan en el presente Reglamento.

Art. 43.- Nombramiento y cese.

La Dirección Titular es nombrada y cesada por la Entidad Titular.

Sección Segunda: Direcciones Pedagógicas.

Art. 44.- Competencias.

Son competencias de las Direcciones Pedagógicas , en su correspondiente ámbito:

  1. Dirigir y coordinar las actividades educativas del nivel.
  2. Ejercer la jefatura del personal docente en los aspectos educativos.
  3. Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones del Consejo de la Comunidad Educativa y del Claustro.
  4. Visar las certificaciones y documentos académicos.
  5. Ejecutar los acuerdos del Consejo de la Comunidad Educativa, del Claustro, y de sus respectivas Secciones, en el ámbito de sus facultades.
  6. Proponer a la Dirección Titular para su nombramiento a los Coordinadores de Etapa y a los Tutores.
  7. Favorecer la convivencia y corregir las alteraciones que se produzcan en los términos señalados en el presente Reglamento.
  8. Aquellas otras que le encomiende la Entidad Titular del Centro en el ámbito educativo.

Art. 45.- Ámbito y nombramiento.

1. En el Centro existirá una Dirección Pedagógica para cada una de las siguientes enseñanzas:

  1. Directora Pedagógica de Educación Infantil y Primaria.
  2. Directora Pedagógica de Educación Secundaria Obligatoria.

2. Las Direcciones Pedagógicas son nombradas por la Entidad Titular del Centro previo acuerdo con el Consejo de la Comunidad Educativa. Dicho acuerdo será adoptado por la mayoría absoluta de los miembros del órgano respectivo. En caso de desacuerdo, la Entidad Titular propondrá tres candidatos eligiendo el Consejo o su Sección a uno por mayoría absoluta. Si después de dos votaciones ninguno de los propuestos hubiera obtenido la mayoría absoluta, será convocada la Comisión de Conciliación a que se refiere el artículo 61 de la LODE. En tanto se resuelve el conflicto, la Entidad Titular podrá nombrar provisionalmente una Dirección Pedagógica.

3. Los miembros de la Dirección Pedagógica requieren:

  1. Poseer la titulación adecuada para ser profesor.
  2. Tener en el momento de inicio del ejercicio del cargo un año de antigüe­dad en el Centro o tres años de docencia en otros Centros.

4. La duración del mandato de las Direcciones Pedagógicas será de 4 años.

Art. 46.- Cese, suspensión y ausencia.

1. Las Direcciones Pedagógicas cesarán:

  1. Por acuerdo entre la Entidad Titular y el Consejo de la Comunidad Educativa.
  2. Por dimisión.
  3. Por cesar como profesora del Centro.
  4. Por imposibilidad de ejercer el cargo.

2. El Titular del Centro podrá suspender cautelarmente o cesar a las Direcciones Pedagógicas cuando incumplan gravemente sus funciones, previo informe razonado del Consejo de la Comunidad Educativa, y audiencia al interesado.

La suspensión cautelar no podrá tener una duración superior a un mes. En dicho plazo se habrá de producir el cese o la rehabilitación.

3. En caso de cese, suspensión o ausencia de las Direcciones Pedagógicas asumirá provisionalmente sus funciones hasta el nombramiento del sustituto/a, rehabilitación o reincorporación la persona que, cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 45.3 del presente Reglamento, sea designada por la Entidad Titular. En cualquier caso y a salvo lo dispuesto en el número 2 del presente artículo, la duración del mandato de la persona designada provisionalmen­te no podrá ser superior a tres meses consecutivos, salvo que no se pueda proceder al nombra­miento del sustituto/a temporal o de las nuevas Direcciones Pedagógicas por causas no imputables a la Entidad Titular.

Sección Tercera: Coordinadora General de Pastoral.

Art. 47.- Competencias.

Son competencias de la Coordinadora General de Pastoral:

  1. Coordinar y animar la programación y desarrollo de las actividades pastorales de la acción educativa del Centro.
  2. Convocar, y presidir en ausencia de la Dirección Titular, las reuniones del Equipo de Pastoral y del Consejo Pastoral.
  3. Coordinar el Seminario de Religión, impulsando el proceso de enseñanza-aprendizaje del área de Religión y el diálogo fe-cultura.
  4. Colaborar en la programación y realización de la acción educativa del Centro y de la tarea orientadora de las tutoras.
  5. Animar la coordinación de la acción pastoral del Centro con la de la Parroquia y la Iglesia Diocesana.

Art. 48.- Nombramiento y cese.

La Coordinadora General de Pastoral es nombrada y cesada por la Entidad Titular del Centro.

Sección Cuarta: Administradora.

Art. 49.- Competencias de la Administradora.

Son competencias de la Administradora:

  1. Confeccionar la memoria económica, la rendición anual de cuentas y el anteproyecto de presupuesto del Centro correspondiente a cada ejercicio económico. A estos efectos, requerirá y recibirá oportunamente de los responsables directos de los diversos centros de costes los datos necesarios.
  2. Organizar, administrar y gestionar los servicios de compra y almacen de material fungible, conservación de edificios, obras, instalaciones y, en general, los servicios del Centro.
  3. Supervisar la recaudación y liquidación de los derechos económicos que procedan, según la legislación vigente, y el cumplimiento, por el Centro, de las obligaciones fiscales y de cotización a la Seguridad Social.
  4. Ordenar los pagos y disponer de las cuentas bancarias del Centro conforme a los poderes que tenga otorgados por la Entidad Titular.
  5. Mantener informada a la Dirección Titular de la marcha económica del Centro.
  6. Dirigir la Administración y llevar la contabilidad y el inventario del Centro.
  7. Coordinar al personal de administración y servicios.
  8. Supervisar el cumplimiento de las disposiciones relativas a higiene y seguridad.
  9. Levantar Actas de las reuniones del Equipo Directivo del Centro.

Art. 50.- Nombramiento y cese.

La Administradora es nombrada y cesada por la Entidad Titular del Centro.

CAPÍTULO SEGUNDO. ÓRGANOS COLEGIADOS.

Sección Primera: Equipo Directivo.

Art. 51.- Composición.

1. El Equipo Directivo está formado por:

  1. La Dirección Titular, que lo convoca y preside.
  2. Las Direcciones Pedagógicas .
  3. La Coordinadora General de Pastoral.
  4. La Administradora.

2. A las reuniones del Equipo Directivo podrán ser convocadas por la Dirección Titular otras personas, con voz pero sin voto.

Art. 52.- Competencias.

Son competencias del Equipo Directivo:

  1. Asesorar a la Dirección Titular en el ejercicio de sus funciones.
  2. Coordinar el desarrollo de los diferentes aspectos del funcionamiento del Centro en orden a la realización de sus objetivos, sin perjuicio de las competencias propias de los respectivos órganos de gobierno.
  3. Elaborar, controlar su ejecución y evaluar la Programación General Anual del Centro.
  4. Preparar los asuntos que deban tratarse en el Consejo de la Comunidad Educativa.
  5. Establecer el procedimiento de participación en la elaboración del Proyecto Educativo de Centro.

Art. 53.- Reuniones.

El Equipo Directivo se reunirá, al menos, una vez al mes, actuando la Administradora como secretaria.

Sección Segunda: Consejo de la Comunidad Educativa y Sección de Enseñanzas Concertadas.

Art. 54.- Consejo de la Comunidad Educativa y Sección de Enseñanzas Concerta­das.

1. El Consejo de la Comunidad Educativa es el máximo órgano de participa­ción de toda la Comunidad Educativa en el Centro. Su competencia se extiende a la totalidad de las enseñanzas regladas de régimen general impartidas en el Centro.

2. En el seno del Consejo de la Comunidad Educativa se constituirá la Sección de Enseñanzas Concertadas. Su competencia se extiende a las enseñanzas objeto de concierto educativo con la Administración. Su composición y competen­cias son las señaladas en el presente Reglamento que refleja las que la legislación vigente atribuye al Consejo Escolar del Centro concertado, por lo que sustituye a éste en el seno del Centro.

Art. 55.- Composición.

El Consejo de la Comunidad Educativa está formado por:

  1. La Dirección Titular y otros tres representantes de la Entidad Titular del Centro.
  2. Las Direcciones Pedagógicas.
  3. Cuatro representantes de los profesores/as, de los niveles concertados.
  4. Cuatro representantes de los padres, de los niveles concertados.
  5. Dos representantes de los alumnos/as, a partir de 3º de ESO.
  1. Un representante del personal de administración y servicios.

Art. 56.- Elección, designación y vacantes.

1. La elección y nombramiento de los representantes de los profesores/as, de los padres, de los alumnos/as y del personal de administración y servicios en el Consejo de la Comunidad Educativa y la cobertura provisional de vacantes de dichos representantes, se realizará conforme al procedimiento establecido a tal efecto por la Administración.

2. La Asociación de Padres podrá designar uno de los representantes de los padres de niveles concertados en el Consejo de la Comunidad Educativa.

Art. 57.- Competencias.

1. Son competencias del Consejo de la Comunidad Educativa:

  1. Participar en la elaboración y aplicación del Proyecto Educativo del Centro.
  2. Aprobar, a propuesta de la Entidad Titular, el Reglamento de Régimen Interior del Centro.
  3. Aprobar y evaluar la Programación General Anual del Centro que elaborará el Equipo Directivo.
  4. Aprobar, a propuesta de la Entidad Titular, el Presupuesto del Centro y la Rendición Anual de Cuentas.
  5. Intervenir en la designación y cese de las Direcciones Pedagógicas de acuerdo con lo previsto en los artículos 45 y 46 del presente Reglamento.
  6. Intervenir en la selección y despido del profesorado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 8/1985, de 3 de julio, y en el artículo 16 del presente Reglamento.
  7. Garantizar el cumplimiento de las normas generales sobre admisión de alumnos/as en niveles concertados.
  8. Elaborar las directrices para la programación y desarrollo de las actividades escolares complementarias, actividades extraescolares y servicios escolares.
  9. Proponer, en su caso, a la Administración la autorización para establecer percepciones a los padres de los alumnos/as por la realización de actividades escolares complementarias en niveles concertados.
  10. Aprobar, en su caso, a propuesta de la Entidad Titular, las aportaciones de los padres de los alumnos/as para la realización de actividades extraescola­res, y los servicios escolares en niveles concertados si tal competencia fuera reconocida por la Administración Educativa.
  11. Establecer los criterios sobre la participación del Centro en actividades culturales, deportivas y recreativas, así como en aquellas acciones asistenciales a las que el centro pudiera prestar su colaboración.
  1. Establecer relaciones de colaboración con otros Centros con fines culturales y educativos.
  2. Supervisar la marcha general del Centro en los aspectos administrativos y docentes.

2. Las propuestas de la Entidad Titular relacionadas con lo señalado en las letras b), c), d), h), i), j), k), y l) del número anterior podrán ser modificadas por el Consejo de la Comunidad Educativa recabando expresamente la conformidad de la Entidad Titular.

3. Las competencias contenidas en las letras b), c), d), e), f), g), i) y j) del número 1 anterior serán deliberadas y aprobadas en el seno del Consejo de la Comunidad Educativa contando con la mayoría de los votos de los miembros.

Art. 58.- Régimen de funcionamiento.

El funcionamiento del Consejo de la Comunidad Educativa se regirá por las siguientes normas:

  1. Las reuniones del Consejo de la Comunidad Educativa serán convocadas conjuntamente por la Dirección Titular y las Direcciones Pedagógicas. Preside el Consejo la Dirección Titular. La convocatoria se realizará, al menos, con ocho días de antelación e irá acompañada del orden del día. Cuando la urgencia del caso lo requiera, la convocatoria podrá realizarse con veinticuatro horas de antelación.
  2. El Consejo de la Comunidad Educativa se reunirá ordinariamente tres veces al año coincidiendo con cada uno de los tres trimestres del curso académico. Con carácter extraordinario se reunirá a iniciativa del Presidente, a su instancia o a solicitud de la Entidad Titular o de, al menos, la mitad de los miembros del Consejo.
  3. Los consejeros electivos se renovarán por mitades cada dos años. Las vacantes que se produzcan con anterioridad al término del plazo del mandato se cubrirán teniendo en cuenta, en su caso, lo previsto en el artículo 56.1 del presente Reglamento. En este supuesto el sustituto lo será por el restante tiempo de mandato del sustituido.
  1. El Consejo de la Comunidad Educativa quedará válidamente constituido cuando asistan a la reunión la mitad más uno de sus componentes.
  2. A las deliberaciones del Consejo podrán ser convocados por el Presidente, con voz pero sin voto, los demás órganos unipersonales y aquellas personas cuyo informe o asesoramiento estime oportuno.
  3. Los acuerdos deberán adoptarse, al menos, por el voto favorable de la mitad más uno de los presentes, salvo que, para determinados asuntos, sea exigida otra mayoría. En caso de empate el voto del Presidente será dirimente.
  4. Todos los miembros, tendrán derecho a formular votos particulares y a que quede constancia de los mismos en las actas.
  5. Las votaciones serán secretas cuando se refieran a personas o lo solicite un tercio de los asistentes con derecho a voto.
  6. Todos los asistentes guardarán reserva y discreción de los asuntos tratados.
  7. La Secretaria del Consejo será nombrada por la Entidad Titular del Centro. De todas las reuniones la Secretaria levantará acta, quedando a salvo el derecho a formular y exigir, en la siguiente reunión, las correcciones que procedan. Una vez aprobada será suscrita por el Secretario/a que dará fe con el visto bueno del Presidente.
  8. La inasistencia de los miembros del Consejo de la Comunidad Educativa a las reuniones del mismo deberá ser justificada ante el Presidente.
  9. De común acuerdo entre la Entidad Titular del Centro y el Consejo se podrán constituir Comisiones con la composición, competencias, duración y régimen de funcionamiento que se determinen en el acuerdo de creación.
  10. Los representantes de los alumnos/as en el Consejo de la Comunidad Educativa participarán en todas las deliberaciones del mismo excepto en las relativas a la designación y cese delas Direcciones Pedagógicas y despido del profesorado.

TITULO IV – ÓRGANOS DE COORDINACIÓN EDUCATIVA

Art. 59.- Órganos de coordinación educativa.

  1. Los órganos de coordinación educativa son unipersonales y colegiados.

Son órganos unipersonales de coordinación educativa, la Orientadora, los Coordinadores general de etapa, La secretaría, los Coordinadores de planes, el Coordinador de Actividades Extraescolares, Coordinador de bilingüismo, Responsable de Formación y Tutores.

Son órganos colegiados de coordinación educativa el Consejo Pastoral, la Comisión de Coordinación Pedagógica, el Departamento de Orientación y el Claustro.

CAPITULO PRIMERO. ÓRGANOS UNIPERSONALES.

Sección Primera: Orientadora.

Art. 60.- Competencias.

Son competencias de la Coordinador de Orientadora:

  1. Asesorar a los profesores/as, a los órganos de gobierno y gestión y a las estructuras organizativas del Centro, en el ámbito de la función de orienta­ción.
  2. Coordinar los aspectos generales de la función de orientación.
  3. Asesorar y coordinar la planificación y animar el desarrollo de las actividades de orientación de la acción educativa del Centro.
  4. Desarrollar programas de orientación con grupos de alumnos/as.
  5. Convocar y dirigir las reuniones del Departamento de Orientación.

Art. 61.- Nombramiento y cese.

La Orientadora es nombrada y cesada por la Directora Titular del Centro.

Sección Segunda: Coordinador General de Etapa.

Art. 62.- Competencias.

Son competencias del Coordinador General de Etapa:

  1. Coordinar el desarrollo de las actividades académicas de la acción educativa de profesores/as y alumnos/as.
  2. Proponer a la Directora Pedagógica la dotación del material necesario para el desarrollo de las actividades docentes propias de su competencia.
  3. Proponer a la Directora Pedagógica cuanto considere necesario en orden al perfeccionamiento del profesorado.
  4. Coordinar la actuación del profesorado.

Art. 63.- Nombramiento y cese.

La Coordinadora General de Etapa es una profesora del Centro. Es nombrada y cesada por la Directora Titular a propuesta de la Directora Pedagógica.

Sección Tercera: Secretaría.

Art. 64.- Competencias de la secretaría.

  1. Ordenar el régimen administrativo del Centro, de conformidad con las directrices de la Directora.
  2. Actuar como Secretaria de los órganos colegiados de gobierno del Centro, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno de la Directora.
  3. Custodiar los libros y archivos del Centro.
  4. Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.
  5. Realizar el inventario general del Centro y mantenerlo actualizado.
  6. Velar por el mantenimiento material del Centro en todos sus aspectos, de acuerdo con las indicaciones de la Directora.
  7. Participar en la elaboración y revisión del Proyecto Educativo y de la Programación General Anual, junto con el resto del equipo directivo.
  8. Cualquier otra función que le encomiende la Directora dentro del ámbito de su competencia.

Art. 65.- Nombramiento y cese.

La Secretaria es nombrada y cesada por la Directora Titular.

Sección Cuarta: Coordinadores de Planes.

Art. 66.- Competencias.

Son competencias de los Coordinadores de planes:

  1. Convocar y moderar las reuniones de los equipos.
  2. Coordinar la elaboración y el desarrollo de los planes
  3. Elaborar los oportunos informes.

Art. 67.- Nombramiento y cese.

Los Coordinadores de planes son nombrados y cesados por la Directora Titular de entre los miembros del Claustro, a propuesta de la Directora Pedagógica y oído el parecer de los miembros del plan.

Sección Quinta: Coordinador de Jornada Continua y Actividades extraescolares.

Art. 68.- Competencias.

Son competencias del Coordinador de Jornada continua y Actividades extraescolares:

  1. Realizar el seguimiento y coordinación del equipo de profesores que forman parte del proyecto.
  2. Elaborar y valorar los cuestionarios de evaluaciones trimestrales y finales tanto de la jornada continua como de las actividades extraescolares.
  3. Elaborar la memoria final del Proyecto.
  4. Revisar y trasladar al equipo directivo las programaciones iniciales y memorias finales.
  5. Organizar y gestionar las actividades extraescolares, tanto las impartidas por profesores de las distintas etapas como por empresas particulares.
  6. Establecer relaciones con aquellas personas u organismos que pudieran colaborar con el proyecto.

Art. 69.- Nombramiento y cese.

El Coordinador de Jornada Continua es nombrado y cesado por la Directora Titular entre el profesorado de la etapas de Infantil y Primaria, a propuesta de la Directora Pedagógica

Sección Sexta: Coordinador de Bilingüismo.

Art. 70.- Competencias.

Son competencias del Coordinador de Bilingüismo:

  1. Realizar el seguimiento y coordinación del equipo de profesores que forman parte del proyecto.
  2. Participar en tareas de formación del profesorado.
  3. Elaborar materiales curriculares específicos.
  4. Elaborar la memoria final del Proyecto.
  5. Revisar y trasladar al equipo directivo las programaciones iniciales y memorias finales.
  6. Organizar y gestionar intercambios escolares y programas europeos.
  7. Establecer relaciones con aquellas personas u organismos que pudieran colaborar con el proyecto.
  8. Profundizar y difundir aquellos aspectos necesarios para el desarrollo adecuado de la experiencia.

Art. 71.- Nombramiento y cese.

El Coordinador de Bilingüismo es nombrado y cesado por la Directora Titular entre los miembros del Claustro con formación y/o docencia en el idioma de la Sección Bilingüe, a propuesta de la Directora Pedagógica.

Sección Séptima: Responsable de formación.

Art. 72.- Competencias.

Son competencias del Responsable de Formación:

  1. Representar al centro en el Consejo General del CFIE, en la forma que establezca la normativa correspondiente, y favorecer la comunicación entre ambos, participando en las reuniones que al efecto se convoquen en dicho CFIE.
  2. Detectar necesidades de formación del profesorado como colectivo o a título individual, colaborar en el análisis y procurar encauzarlas debidamente colaborando con las direcciones pedagógicas en la coordinación de las actividades de perfeccionamiento así como en la planificación, organización y desarrollo de la evaluación del plan de formación del profesorado a realizar en/o por el centro informando al claustro de las diferentes opciones de formación ofertadas por la Consejería competente en materia de educación por el centro de profesorado de la zona.
  3. Propiciar el intercambio de experiencias entre compañeros del centro o intercentros y difundir los materiales curriculares y de apoyo que se remitan al centro.
  4. Realizar el seguimiento y la supervisión, junto con el Equipo Directivo, de los proyectos de mejora de centros.
  5. Cualquier otra función que el claustro considere necesaria para la potenciación de los procesos de formación e investigación en el centro.

Art. 73.- Nombramiento y cese.

El Responsable de Formación es un profesor del Centro. Es nombrado y cesado por la Directora a propuesta de las Direcciones Pedagógicas.

Sección Octava: Tutores.

Art. 74.- Competencias.

Son competencias de los tutores:

  1. Ser el inmediato responsable del desarrollo del proceso educativo del grupo y de cada alumno/a a él confiado.
  2. Dirigir y moderar la sesión de evaluación de los alumnos/as del grupo que tiene asignado.
  3. Conocer la marcha y características del grupo.
  4. Detectar las peculiaridades y necesidades de cada uno de los alumnos y comunicarlo al departamento de orientación.
  5. Coordinar la acción educativa de los profesores/as del grupo y la información sobre los alumnos/as.
  6. Recibir a las familias de forma ordinaria e informarlas sobre el proceso educativo de los alumnos/as.

Art. 75.- Nombramiento y cese.

Los Tutores son profesores del grupo de alumnos/as correspondiente. Son nombrados y cesados por la Directora Titular a propuesta de la Directora Pedagógica.

CAPITULO SEGUNDO. ÓRGANOS COLEGIADOS.

Sección Primera: Comisión de Coordinación Pedagógica.

Art. 76.- Composición.

La Comisión de Coordinación Pedagógica estará formada por:

  1. La Directora Titular
  2. Las Direcciones pedagógicas
  3. Los Coordinadores de etapa

Art. 77.- Competencias.

Son competencias de la Comisión de Coordinación Pedagógica:

  1. Establecer, a partir de los criterios presentados por el Claustro, las directrices generales para la elaboración de los Proyectos Curriculares de etapa.
  2. Dirigir y coordinar la elaboración de los Proyectos Curriculares de etapa, así como sus posibles modificaciones.
  3. Asegurar la coherencia entre el Proyecto Educativo de Centro, los Proyectos Curriculares de etapa y la Programación General Anual.
  4. Proponer al Claustro para su evaluación y aprobación los Proyectos Curriculares de etapa y las modificaciones de los ya establecidos.
  5. Velar por el cumplimiento de los Proyectos Curriculares de etapa en la práctica docente del Centro, así como por la evaluación de los mismos.
  6. Proponer al Claustro la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación, de acuerdo con las directrices del Jefe de Estudios o del Director, en su caso.
  7. Elaborar las propuestas de organización de la orientación educativa y del Plan de acción tutorial para su inclusión en los Proyectos Curriculares de etapa.
  8. Coordinar la orientación educativa del alumnado, especialmente en lo que concierne a los cambios de Ciclo o Etapa, y contribuir al desarrollo del Plan de Orientación educativa y del Plan de acción tutorial de acuerdo con lo establecido en los Proyectos Curriculares de etapa.
  9. Elaborar propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares adecuadas a los alumnos con necesidades educativas especiales, para su posterior inclusión en los Proyectos Curriculares de etapa.
  10. Elevar al Claustro la propuesta para la elaboración del Plan de Formación del profesorado del Centro.
  11. Elevar al Consejo Escolar un Informe sobre el funcionamiento de la propia Comisión de Coordinación Pedagógica. El Informe se elaborará al final del curso y se incluirá en la Memoria Final de curso.
  12. Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del Centro, colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno o de la Administración educativa e impulsar planes de mejora, en caso de que se estime necesario como resultado de dichas evaluaciones.

Art. 78.- Régimen de funcionamiento.

La Comisión de Coordinación Pedagógica se reunirá al menos una vez al mes, y siempre que sea necesario a juicio del equipo directivo o a propuesta de alguno de los miembros que lo componen.

Sección Segunda: Departamento de Orientación.

Art. 79.- Composición.

El Departamento de Orientación está formado por:

  1. La Orientadora.
  2. La Directora Pedagógica.
  3. Los profesores de atención a la diversidad.

Art. 80.- Competencias.

Son competencias del Departamento de Orientación:

  1. Coordinar la elaboración, realización y evaluación de las actividades de orientación de la acción educativa del Centro.
  2. Asesorar técnicamente a los órganos del Centro en relación con las adaptaciones curriculares, los programas de refuerzo educativo y los criterios de evaluación y promoción de alumnos/as.
  3. Proporcionar a los alumnos/as información y orientación sobre alternativas educativas y profesionales.
  4. Elaborar actividades, estrategias y programas de orientación personal, escolar, profesional y de diversificación curricular.
  5. Aplicar programas de intervención orientadora de alumnos/as.
  6. Realizar la evaluación psicopedagógica individualizada de los alumnos/as y elaborar propuestas de intervención.
  7. Coordinar, apoyar y ofrecer soporte técnico a actividades de orientación, tutoría, y de formación y perfeccionamiento del profesorado.
  8. Mantener los encuentros necesarios con el E.O.E.P. de la zona para la evaluación psicopedagógica de los alumnos y su seguimiento.

Sección Tercera: Consejo de Pastoral.

Art. 81.- Composición.

El Consejo de Pastoral es el órgano en el que están presentes todos los que, de una manera directa, participan en las actividades pastorales o de enseñanza religiosa en el Centro.

El Consejo Pastoral está formado por:

  1. La Directora Titular
  2. La Direcciones Pedagógicas.
  3. La Coordinadora General de Pastoral.
  4. Representante de los alumnos.

Art. 82.- Competencias.

Son competencias del Consejo de Pastoral:

  1. Elaborara la programación de pastoral anual.
  2. Planificar, de acuerdo con el Proyecto Educativo y el Proyecto Curricular las actividades pastorales de la acción educativa.
  3. Responsabilizarse de la marcha de los grupos de fe y sus animadores proporcionando los medios adecuados para su conveniente desarrollo.
  4. Prolonga la acción pastoral de la escuela entre las familias de la comunidad educativa.
  5. Revisión y evaluación del resultado de las actividades realizadas de pastoral anual

Art. 83.- Régimen de funcionamiento.

  1. El Consejo de Pastoral es convocado, coordinado y animado por la Coordinadora de Pastoral que, asimismo, lo presidirá en ausencia del Directora Titular.
  2. Se reune al menos una vez al trimestre, para realizar el seguimiento y evaluación de las actividades y cohesionar las distintas actividades pastorales y las personas que las realizan.

Sección Cuarta: Claustro.

Art. 84.- Configuración y composición.

El Claustro de profesores estará formado por los profesores que imparten algún área o materia o un conjunto de las mismas en el Centro y la Orientadora.

Art. 85.- Competencias.

Son competencias del Claustro de Profesores:

  1. Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la programación general anual.
  2. Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la programación general anual.
  3. Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos. 
  4. Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.
  5. Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro (artículos 55.c) y 56)
  6. Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro. 
  7. Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente. 
  8. Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro. 
  9. Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa o por las respectivas normas de organización y funcionamiento. 

Art. 86.- Secciones.

  1. La Entidad Titular del Centro podrá constituir Secciones del Claustro para tratar los temas específicos de cada nivel o etapa.
  2. En las Secciones del Claustro participarán todos los profesores/as del nivel o etapa correspondiente y los orientadores.

Art. 87.- Competencias de las Secciones.

Son competencias de las Sección del Claustro en su ámbito:

  1. Participar en la elaboración y evaluación del Proyecto Curricular de la Etapa, conforme a las directrices del Equipo Directivo.
  2. Coordinar las programaciones de las diversas áreas de conocimiento.
  3. Fijar y coordinar los criterios sobre evaluación y recuperación de los alumnos/as.
  4. Mantener la relación y coordinación entre los profesores de las distintas secciones.

Art. 88.- Régimen de funcionamiento del Claustro.

El funcionamiento del Claustro se regirá por las siguientes normas:

  1. Convoca y preside las reuniones del Claustro la Directora General.
  2. La convocatoria se realizará, al menos, con ocho días de antelación e irá acompañada del orden del día. Cuando la urgencia del caso lo requiera, la convocatoria podrá realizarse con veinticuatro horas de antelación.
  3. A la reunión del Claustro podrá ser convocada cualquier otra persona cuyo informe o asesoramiento estime oportuno la directora.
  4. Los acuerdos deberán adoptarse, al menos, por el voto favorable de la mitad más uno de los asistentes a la reunión. En caso de empate el voto de la directora será dirimente.
  5. Todos los miembros tendrán derecho a formular votos particulares y a que quede constancia de los mismos en las actas.
  6. Las votaciones serán secretas cuando se refieran a personas o lo solicite un tercio de los asistentes con derecho a voto.
  7. Todos los asistentes guardarán reserva y discreción de los asuntos tratados.
  8. El Secretario/a del Claustro será nombrado por el mismo a propuesta de la Directora. De todas las reuniones el Secretario/a levantará acta quedando a salvo el derecho a formular y exigir en la siguiente reunión las correcciones que procedan. Una vez aprobada será suscrita por el Secretario/a, que dará fe con el visto bueno de la directora.
  9. Lo señalado en los números anteriores será de aplicación a las Secciones del Claustro.

TÍTULO V ALTERACIÓN DE LA CONVIVENCIA

CAPÍTULO PRIMERO. NORMAS GENERALES.

Art. 89.- Valor de la convivencia.

La adecuada convivencia en el Centro es una condición indispensable para la progresiva maduración de los distintos miembros de la Comunidad Educativa – en especial de los alumnos – y de aquélla en su conjunto y, consiguientemente, para la consecución de los objetivos del Carácter Propio del Centro.

Art. 90.- Alteración y corrección.

1. Alteran la convivencia del Centro los miembros de la Comunidad Educativa que, por acción u omisión, vulneran las normas de convivencia a que se refiere el Art. 10 del presente Reglamento.

2. Las conductas que alteren la convivencia serán corregidas conforme a los medios y procedimientos que señalan la legislación vigente, recogida en el Decreto 51/2007 de 17-05-2007 de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, y el presente Reglamento.

CAPÍTULO SEGUNDO. ALUMNOS.

Art. 91.- Criterios de corrección.

En la corrección de las conductas que alteren la convivencia se tendrán en cuenta los siguientes criterios (Art. 30 Decreto 51/2007):

  1. El derecho a la educación y a la escolaridad debe primar respecto de las medidas correctoras.
  2. En ningún caso el procedimiento de corrección podrá afectar a la integridad física, intimidad, honra o reputación del alumno.
  3. El Nivel académico, la edad, situación personal, familiar y social del alumno.
  4. La gravedad de la alteración.
  5. El carácter educativo y recuperador, no meramente sancionador, de la corrección.
  6. La proporcionalidad de la corrección.
  7. La forma en que la alteración afecta a los objetivos fundamentales del Proyecto Educativo de Centro, Proyecto Curricular de Etapa y Programación General Anual del Centro.

Art. 92.- Calificación de las alteraciones de la convivencia.

Las alteraciones de la convivencia podrán ser calificadas como contrarias a las normas de convivencia (de carácter leve o grave) o gravemente perjudiciales para la convivencia (de carácter muy grave).(Art. 29 Decreto 51/2007)

Art. 93.- Gradación de las correcciones.

A los efectos de la gradación de las correcciones (Art. 32 Decreto 51/2007):

1. Son circunstancias atenuantes:

  1. El reconocimiento espontáneo de la conducta incorrecta.
  2. La falta de intencionalidad.
  3. El carácter ocasional de la conducta
  4. Otras circunstancias.

2. Son circunstancias agravantes:

  1. La premeditación y/o la reiteración.
  2. La incitación o estímulo a actos que vulneren los derechos de los demás miembros de la comunidad educativa.
  3. Causar daño, injuria u ofensa a los compañeros que se encuentren en inferioridad de condiciones.
  4. Cualquier acto que entrañe o fomente la violencia, la discriminación, el racismo, la xenofobia o el menoscabo de los principios del Carácter Propio.
  5. La jactancia o publicidad de conductas perturbadoras de la convivencia a través de aparatos electrónicos u otros medios.

Sección Primera. Conductas contrarias a las normas de convivencia del centro (Art. 37 Decreto 51/2007).

Art. 94.- Alteraciones leves.

Son alteraciones leves de la convivencia aquéllas que vulneren las normas de convivencia y que no están calificadas en el presente Reglamento como graves o muy graves.

  1. Faltas de puntualidad y faltas de asistencia. (Art. 37 – apartado 1c)
  2. Cualquier actividad que altere el normal desarrollo de la clase. (Art. 37 – apartado 1e y h)
  3. Estudiar una asignatura cuando se imparte otra. (Art. 37 – apartado 1e y h)
  4. El deterioro leve de las dependencias del centro, de su material o de pertenencias de otros alumnos, realizado de forma negligente o intencionada. (Art. 37 – apartado 1f)
  5. Realizar un uso indebido de aparatos electrónicos durante el horario escolar. (Art. 37 – apartado 1g)
  6. Faltas en el uniforme escolar. (Art. 37 – apartado 1h)
  7. También se considerarán faltas leves aquellas faltas similares a las anteriores.

Art. 95.- Corrección.

Las alteraciones leves de la convivencia podrán ser corregidas mediante una o varias de las actuaciones inmediatas contempladas en el Artículo 35 del Decreto 51/2007:

  1. Amonestación pública o privada.
  2. Exigencia de petición pública o privada de disculpas.
  3. Realización de trabajos específicos en horario no lectivo.
  4. Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del Centro.

Art. 96.- Órgano competente.

1. Compete imponer las correcciones enumeradas en el artículo anterior a cualquier profesor del centro.(Art.36 Decreto 51/2007):

Sección Segunda: Alteraciones de carácter graves de la convivencia.

Art. 97. Alteraciones graves.

Son alteraciones de carácter grave de la convivencia (Art.37 Decreto 51/2007):

  1. La reiteración en un mismo curso escolar de conductas de carácter leve.
  2. Las manifestaciones expresas contrarias a los valores del Centro y a su Carácter Propio.
  3. Los actos de indisciplina u ofensas contra los miembros de la Comunidad Educativa. Faltas de respeto en las actividades escolares extraescolares y complementarias que no sean consideradas como muy graves.
  4. Ausentarse del centro sin la autorización necesaria.
  5. La agresión física, verbal y no verbal o la discriminación contra los demás miembros de la Comunidad Educativa, o contra otras personas que se relacionen con el Centro. Faltas de respeto al personal docente, personal de servicios o entre los propios alumnos del centro (peleas, insultos…) no afectadas por las circunstancias agravantes del artículo 93.2 de este Reglamento.
  6. La suplantación de personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos académicos.
  7. Las actuaciones graves perjudiciales para la salud, la integridad personal y moral de los miembros de la Comunidad Educativa del Centro, o la incitación a las mismas.
  8. Los daños graves causados por uso indebido o intencionadamente en los locales, material o documentos del Centro, en los bienes de otros miembros de la Comunidad Educativa o en las instalaciones o pertenencias de las personas o instituciones con las que se relacione el Centro.
  9. Obstaculizar de forma deliberada la comunicación entre el centro y las familias.
  10. El incumplimiento injustificado de una sanción.
  11. Los actos injustificados que perturben de forma grave el normal desarrollo de las actividades del Centro.

Art. 98. Corrección.

1. Las alteraciones graves de la convivencia podrán ser corregidas mediante (Art.35 y 38 Decreto 51/2007):

  1. Amonestación pública o privada verbal o escrita.
  2. Exigencia de petición pública o privada de disculpas.
  3. Suspensión del derecho a permanecer en el lugar donde se esté llevando a cabo la actividad durante el tiempo que estime el profesor, siempre que el alumno permanezca bajo control y con tarea a realizar.
  4. Realización de trabajos específicos durante el recreo o en horario no lectivo.
  5. Modificación del horario lectivo por un plazo máximo de tres semanas.
  6. Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del Centro, durante un máximo de una semana.
  7. Realización de tareas dirigidas a reparar el daño causado a las instalacio­nes o al material del centro o a las pertenencias de otros miembros de la Comunidad Educativa, o a las instalaciones o pertenencias de las personas o instituciones con las que se relacione el Centro (máximo una semana), o de apoyo a otros alumnos o profesores en otras tareas (máximo tres semanas).
  8. Cambio de grupo del alumno por un plazo máximo de tres semanas.
  9. Suspensión de la participación en las actividades escolares complementarias, en las actividades extraescolares o en otras actividades realizadas por el Centro, por un periodo máximo de dos semanas.
  10. Suspensión de la asistencia a determinadas clases por un plazo máximo de una semana, garantizando la permanencia del alumno en el centro y bajo control, con tarea a realizar.

2. Durante el periodo que duren las correcciones señaladas en los párrafos c), d) y f) del número anterior, el alumno deberá realizar los deberes y/o trabajos que se determinen para evitar la interrupción del proceso formativo.

3. En la imposición de estas correcciones será oído el alumno. Además serán oídos los padres de los alumnos menores en las correcciones señaladas en la letra d) cuando las tareas se realicen fuera del horario lectivo asi como en las correcciones de los apartados e), f), g), h), i) y j),

Art. 99.- Órgano competente.

1. Compete imponer las correcciones enumeradas en el artículo anterior a la Dirección Titular del centro, pudiendo ésta delegar en:

  1. Direcciones pedagógicas.
  2. Tutores docentes.
  3. Comisión de convivencia.

Sección Tercera. Alteraciones gravemente perjudiciales para la convivencia (faltas muy graves)(Art.48 Decreto 51/2007).

Art. 100.- Faltas muy Graves.

Son faltas muy graves:

  1. Las acciones u omisiones gravemente contrarias al Carácter Propio del Centro.
  2. La falta de respeto, indisciplina, amenaza y agresión verbal o física o moral directa o indirecta de carácter muy grave a cualquier miembro de la comunidad educativa.
  3. Vejaciones o humillaciones a cualquier miembro de la comunidad educativa, particularmente las que tengan implicaciones de carácter sexual, racial o xenófobo.
  4. La suplantación de personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos académicos cuando esta tenga connotaciones de carácter muy grave.
  5. Los daños muy graves causados por uso indebido o intencionadamente en los locales, material o documentos del Centro, en los bienes de otros miembros de la Comunidad Educativa o en las instalaciones o pertenencias de las instituciones con las que se relacione el Centro. (robos de material escolar, falsificación de documentos…)
  6. Las actuaciones perjudiciales para la salud, la integridad personal y la moralidad de los miembros de la Comunidad Educativa del Centro, o la incitación a las mismas que tengan carácter muy grave.
  7. La reiteración o acumulación en un mismo curso escolar de conductas que alteren de forma grave la convivencia.
  8. Aquellas otras de carácter similar a las anteriores.

Art. 101.- Corrección.

1. Las alteraciones muy graves de la convivencia sólo podrán ser sancionadas mediante la tramitación del correspondiente expediente sancionador (Art 50 Decreto 51/2007). Las sanciones aplicables podrán ser las siguientes (Art.49 Decreto 51/2007):

  1. Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del Centro, en horario no lectivo.
  2. Realización de tareas dirigidas a reparar el daño causado a las instalacio­nes o al material del centro o a las pertenencias de otros miembros de la Comunidad Educativa, o a las instalaciones o pertenencias de las institucio­nes con las que se relacione el Centro, en horario no lectivo.
  3. Cambio de grupo del alumno/a.
  4. Suspensión de la participación en las actividades escolares complementa­rias, en las actividades extraescolares o en otras actividades realizadas por el Centro.
  5. Suspensión en la participación en los servicios complementarios del centro (comedor o transporte escolar).
  6. Suspensión de la asistencia a determinadas clases por un periodo de entre una y dos semanas.
  7. Suspensión del derecho de asistencia al Centro durante un periodo superior a tres días lectivos e inferior a un mes.
  8. Cambio de Centro.
  9. Aquellas otras que determine la legislación vigente.

2. Durante el periodo que duren las correcciones señaladas en los párrafos f) y g) del número anterior, el alumno/a deberá realizar los deberes o trabajos que se determinen para evitar la interrupción del proceso formativo.

Art. 102.- Órgano competente.

1. Compete la incoación del expediente a la Directora Titular por iniciativa propia o a iniciativa de cualquier miembro de la comunidad educativa, en un plazo no superior a dos días lectivos desde el conocimiento de los hechos (Art. 50 Decreto 51/2007).

2. Compete a la directora Titular la resolución del expediente sancionador en un plazo máximo de dos días lectivos desde la recepción del mismo por parte del instructor (Art.53 Decreto 51/2007).

Art. 103.- Mediación Escolar y Procesos de Acuerdo Reeducativo

Sin perjuicio de las normas reguladas en los artículos anteriores, el Centro podrá proponer la resolución de los conflictos que así se estime a través de un proceso de mediación escolar u otros mecanismos como el acuerdo reeducativo que puedan contribuir a la mejora de la convivencia en el centro. Estos mecanismos podrán conllevar la suspensión temporal e incluso definitiva del proceso sancionador (Art. 41 y ss Decreto 51/2007).

CAPÍTULO TERCERO. RESTO DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATI­VA

Art. 104.- Correcciones.

1. Sin perjuicio de la regulación que se deriva del régimen específico de la relación de los distintos miembros de la Comunidad Educativa con la Entidad Titular del Centro (laboral, civil, mercantil, canónica, etc), la alteración de la convivencia de estos miembros de la Comunidad Educativa podrá ser corregida por la Entidad Titular del Centro con:

  1. Amonestación privada.
  2. Amonestación pública.
  3. Limitación de acceso a instalaciones, actividades y servicios del Centro.

2. Las correcciones impuestas a los padres de alumnos requerirán la aprobación del Consejo de la Comunidad Educativa.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera.- Referencia.

1. Los artículos del presente Reglamento, en lo que afectan a las enseñanzas concertadas, se dictan al amparo de lo establecido en los artículos 54.3, 55 y 57 l) de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 julio, reguladora del derecho a la educación.

2. Los artículos del presente Reglamento en lo que afectan a las enseñanzas no concertadas, se dictan al amparo de lo señalado en el artículo 25 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación.

Segunda.- Relaciones laborales.

Sin perjuicio de lo señalado en el presente Reglamento, las relaciones laborales entre la Entidad Titular y el personal contratado se regularán por su normativa específica.

Asimismo, se regirá por su normativa específica la representación de los trabajadores en la empresa.

Tercera.- Amigos del Centro.

Los Amigos del Centro son las personas que, voluntariamente, colaboran en la consecución de los objetivos educativos del Centro, en su sostenimiento económico o en la relación del Centro con su entorno.

Cuarta.- Renovación del Consejo de la Comunidad Educativa.

La constitución y renovación del Consejo de la Comunidad Educativa y de su Sección se producirá conforme al procedimiento que determine la Entidad Titular del Centro.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Queda derogado el Reglamento de Régimen Interior del Centro aprobado por el Consejo Escolar del Centro, a propuesta de la Entidad Titular, el 23 de octubre de 1997.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Modificación del Reglamento.

La modificación del presente Reglamento compete a la Entidad Titular del Centro, que deberá someterla a la aprobación de la Sección de Enseñanzas Concertadas del Consejo de la Comunidad Educativa en lo que afecte a dichas enseñanzas.

Segunda.- Entrada en vigor.

El presente Reglamento entrará en vigor al inicio del curso escolar 2010/2011. Aprobado por el Consejo Escolar del Centro, a propuesta de la Entidad Titular, el día 28 de junio de 2010. Su vigencia queda condicionada al mantenimiento del Centro en el régimen de conciertos educativos.

  1. PLAN DE CONVIVENCIA

PLANTEAMIENTO GENERAL (Justificación del Proyecto)

En junio de 2005, dando cumplimiento a normativa educativa en materia de convivencia escolar, nuestro Centro elaboró un Plan de Convivencia que trataba de responder a las necesidades que en aquel momento se detectaron. Desde entonces y hasta el momento actual, hemos ido realizando revisiones anuales que nos han permitido evaluar el grado de cumplimiento de los objetivos marcados y la eficacia de las medidas adoptadas. En junio y en septiembre de 2009 llevamos a cabo una nueva revisión en la que, a la luz de la nueva legislación y de la experiencia de estos cursos pasados, hemos modificado aquellos aspectos que en su documento original no se ajustaron a nuestra realidad o que no se han llevado a cabo de la manera más adecuada; asimismo, mantenemos y profundizamos en las cuestiones del Plan original que han resultado más enriquecedoras para nuestro Centro.Con la puesta en marcha de las iniciativas que nos proponemos llevar a cabo (algunos ejemplos: El Tribunal de la convivencia / El Proyecto de Juegos Tradicionales en el patio / La formación en mediación escolar, etc.), pretendemos hacer de la buena convivencia en el Centro un reto compartido por toda la Comunidad Educativa, desde la formación de todos sus miembros, el diálogo, la participación y la transmisión de valores, procurando hacer de la escuela un espacio en el que aprender a aprender, aprender a hacer y, sobre todo, aprender a ser y a convivir.

OBJETIVOS

OBJETIVO GENERAL: “Promover y desarrollar las actuaciones relativas al fomento de la convivencia en nuestro centro escolar, sin perjuicio de lo previsto en el Real Decreto 732/1995, de 5 de mayo, por el que se establecen los derechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencia de los centros” (Artículo 1 de la Orden EDU / 52 / 2005, de 26 de enero). OBJETIVOS ESPECÍFICOS: – Desarrollar relaciones positivas de convivencia entre los componentes de la Comunidad educativa.- Aumentar el nivel de satisfacción de padres, alumnos y profesores en relación a la percepción que tienen sobre la convivencia en el Centro.- Capacitar a todos los miembros de la Comunidad Educativa, a través de la puesta en marcha de un Programa de Mediación Escolar (fase inicial de formación), para adquirir las habilidades necesarias para el desarrollo de la paz y el tratamiento del conflicto, la prevención de respuestas violentas y facilitar su resolución pacífica. – Favorecer la consideración de la convivencia, no como una mera aplicación de medidas disciplinarias, sino como un fin educativo a trabajar.- Fomentar la participación de todos los componentes de la Comunidad Educativa en las decisiones relacionadas con la convivencia del Centro y crear los cauces más adecuados para que esto sea posible (asambleas de clase, participación en el Consejo Escolar, en la Comisión de Convivencia, etc.).- Potenciar la comprensión del conflicto como parte de la vida cotidiana de las personas, descubrir su faceta positiva y utilizarla como medio para aprender a buscar soluciones a esos conflictos, de manera democrática, dialogada y pacífica.- Hacer de la escuela un espacio en el que “experimentar” con los conflictos, un espacio en el que “ensayar” la vida en sociedad. 

ORGANIZACIÓN METODOLÓGICA Y DINÁMICA DEL PROYECTO

Nuestro Plan de Convivencia incluye actividades que contemplan distintas modalidades de agrupamiento y, por tanto, involucran a los miembros de la comunidad educativa de diversas formas:– Actividades de aula: son todas aquellas actividades que se desarrollan dentro del grupo – clase (jornada de convivencia a principio de curso, actividades de tutoría, Tribunal de la convivencia, etc.).– Actividades de etapa: desarrollo del Proyecto de Juegos Tradicionales en el patio (Educación Infantil y Educación Primaria) / Puesta en marcha de procesos de mediación escolar.– Actividades de Centro: celebración del Día escolar de la no-violencia y la Paz / desarrollo del Plan de Acogida del Centro.– Actividades en las que participan miembros concretos de la Comunidad Educativa: Formación en Mediación Escolar (participa un grupo de profesores y se pretende hacer extensiva la formación a los alumnos de Secundaria que así lo deseen). 

EVALUACIÓN: Puntos de partida; Procesos de evaluación del trabajo; ¿Qué, cómo, cuándo y quién evalúa?; Conclusiones/Valoración.

– Cada actividad que se lleva a cabo en relación con el Plan de Convivencia es registrada y valorada de forma individual.- Las personas responsables de dinamizar el Plan de Convivencia se reúnen mensualmente para valorar el desarrollo de las actividades propuestas en el mismo y realizar las modificaciones que se consideren oportunas, de acuerdo con esta evaluación.- A final de curso se elabora una memoria que recoge todas las actuaciones llevadas a cabo a lo largo del curso, se mantienen los aspectos cuya evaluación es positiva y se planifican los cambios que se creen necesarios de cara al próximo curso. 

7 .Relaciones con los Servicios Sociales y Educativos y otras Instituciones

  1. Servicios Sociales

La atención especializada en usos específicos ante determinadas circunstancias sociales de incidencia significativa en nuestro contexto educativo, hace necesaria una coordinación, que junto a la información obtenida, pueda facilitar el tratamiento, los recursos y las actuaciones profesionales necesarias.

CEAS.

Colaboración para el seguimiento de alumnos y familias.

Centros Cívicos.

Participación en actividades lúdico-formativas.

Equipos de intervención con Familias.

Protección a la Infancia.

Colaboración para el seguimiento de alumnos y familias.

  1. Servicios Educativos:

Servicio de Atención a Alumnos con Alteraciones de Comportamiento.

Inspección Educativa.

EOEP.

Realización de Informes Psicopedagógicos en las Etapas de Infantil y Primaria, ofreciendo indicaciones sobre la respuesta educativa más eficaz en cada caso. Coordinación con la Psicóloga y Profesorado del Centro, con la finalidad de planificar la metodología más adecuada.

CFIE.

Se favorecerá la colaboración con los CFIEs. La formación continua del profesorado es básica para desarrollar la docencia con garantías de que se tienen en cuenta los avances técnicos y pedagógicos actuales y de que el profesorado se forma y actualiza según las necesidades de cada momento.

FERE.

CREI.

  1. Colaboración con otros centros e instituciones:

Ayuntamiento.

Para gestionar aquellas actividades Complementarias y Extraescolares que sean de interés para el alumnado y profesorado del Centro y que ayuden a completar, reforzar o ampliar materias del currículum.

Parroquia.

Manos Unidas.

Delegación de Misiones.

Cruz Roja.

Jóvenes contra la Intolerancia.

Entreculturas:

Campañas solidarias.

Voluntariado de alumnos. Formación de grupos.

Participación en actividades.

Universidad de Valladolid:

Formación de alumnos en Prácticas.

Participación en Programa de Atención al Alumnado de Altas Capacidades.

Formación del profesorado.

Charlas formativas.

Con el objetivo de conseguir una óptima relación (siempre provechosa y enriquecedora), con esta entidad educativa, se prestará la máxima colaboración, tanto en lo que se refiere a la realización de prácticas, como a otras colaboraciones que pudieran surgir, de acuerdo con los recursos y posibilidades del Centro.

Bibliotecas Municipales:

Servicio de préstamo de libros.

Realización de actividades para el Fomento de la Lectura.

Colaboración con Entidades Privadas:

Caja Madrid.

La Caixa.

Banco Castilla.

Caja España.

Activa.

Desarrollo de actividades extraescolares.

  1. Coordinación con otras instituciones.

Nuestro Centro mantendrá relaciones de colaboración y establecerá los cauces adecuados de coordinación con todas las instituciones que puedan favorecer el logro de los objetivos contemplados en nuestro Proyecto Educativo, siempre y cuando sus actividades puedan integrarse en las Programaciones Docentes, no interfieran el desarrollo de las mismas y sean aprobadas por el órgano correspondiente.

8 .Colaboración entre los distintos sectores de la Comunidad Educativa

Según se recoge en el apartado 1.1.5 de este Proyecto Educativo.

9 .Compromisos con las familias y alumnos para el progreso educativo

Conscientes de que la labor educativa es tarea del conjunto de la comunidad educativa, y en el caso específico de la participación de las familias en el propio proceso educativo, se fomentará la participación de las familias de los alumnos al menos de las siguientes formas:

Reunión de comienzo de curso: Se convocará a las familias de los alumnos de cada clase a comienzo del curso escolar, para que sean informados por la tutora del mismo de los aspectos generales del colegio así como de los particulares de cada curso académico y cada grupo de alumnos. Entre otros temas se tratarán:

Objetivos del curso académico

Horarios de clases y tutorías con las familias

Servicios que ofrece el Colegio

Normas de funcionamiento y de convivencia

Criterios de evaluación y, en su caso, de promoción o titulación.

Otros aspectos que se consideren relevantes.

Contacto continuo: que se mantendrá con las familias de los alumnos con la utilización, entre otras herramientas, de la agenda escolar, que servirá de vía de comunicación entre las familias y los profesores.

Reuniones trimestrales: individualizadas con cada familia en el momento de la entrega de notas de cada trimestre. En estos encuentros se valorará:

Las notas obtenidas por el alumno.

Las dificultades que el alumno encuentre en el proceso educativo.

Los logros alcanzados durante el periodo que se analiza.

Perspectivas de futuro.

Otras circunstancias que así se consideren tanto por la profesora como por la familia.

Reuniones específicas: destinadas a tratar aquellos temas que puedan surgir en un grupo que merezcan, a lo largo del curso, de una comunicación concreta entre familias y colegio. Tal es el caso de excursiones y actividades de especial relevancia.

Reuniones individuales: entre la familia y el profesorado, a solicitud de cualquiera de las partes, siempre dentro de los horarios destinados a ellas y previa cita, para circunstancias surgidas en el desarrollo del curso y que merezcan una especial atención.

10 .Aspectos del Proyecto Educativos propios de cada etapa

  1. Aspectos propios de la Educación Infantil
    1. Adecuación de los Objetivos de la Etapa al Contexto propio
  1. Descubrir, conocer y controlar progresivamente el propio cuerpo, formándose una imagen positiva de sí mismos, valorando su identidad sexual, sus capacidades y limitaciones de acción y expresión, y adquiriendo hábitos básicos de salud y bienestar.
  2. Actuar de forma cada vez más autónoma en sus actividades habituales, adquiriendo progresivamente seguridad afectiva y emocional, y desarrollando sus capacidades de iniciativa y confianza en sí mismos.
  3. Establecer relaciones sociales en un ámbito cada vez más amplio, aprendiendo a articular progresivamente los propios intereses, puntos de vista y aportaciones con los demás.
  4. Establecer vínculos fluidos de relación con los adultos y con sus iguales, respondiendo a los sentimientos de afecto, respetando la diversidad y desarrollando actitudes de ayuda y colaboración.
  5. Observar y explorar el entorno inmediato con su actitud de curiosidad y cuidado, identificando las características y propiedades más significativas de los elementos que lo conforman y alguna de las relaciones que se establecen entre ellos.
  6. Conocer algunas manifestaciones culturales de su entorno, mostrando actitudes de respeto, interés y participación hacia ellas.
  7. Representar y evocar aspectos diversos de la realidad vividos, conocidos o imaginados, y expresarlos mediante las posibilidades simbólicas que ofrecen el juego y otras formas de representación y expresión.
  8. Utilizar el lenguaje oral de forma ajustada a las diferentes situaciones de comunicación habituales para comprender y ser comprendido por los otros, expresar sus ideas, sentimientos, experiencias y deseos, avanzar en la construcción de significados, regular la propia conducta a influir en la de los demás.
  9. Enriquecer y diversificar sus posibilidades expresivas mediante la utilización de los recursos y medios a su alcance, así como apreciar diferentes manifestaciones artísticas propias de su edad.
  10. Concreción del currículo

Según lo recogido en las Programaciones didácticas de la Etapa.

  1. Medidas de coordinación con la Educación Primaria

Según lo recogido en el Plan de evaluación del punto 9.1.4

  1. Plan de Evaluación de la práctica docente

La evaluación en la etapa de Educación Infantil será continua, formativa y global, es decir, atenderá al conjunto de las áreas.

Qué hay que evaluar

Los referentes que se tendrán en cuenta para evaluar serán los objetivos generales de etapa y área y sus criterios de evaluación; en definitiva, el desarrollo de las capacidades de los niños de acuerdo con las finalidades de la etapa, en las que se encuentran recogidas las de iniciación a la construcción de competencias básicas. La evaluación en este ciclo debe servir para identificar los aprendizajes adquiridos y el ritmo y características de la evolución de cada niño. A estos efectos, se tomarán como referencia los criterios de evaluación de cada una de las áreas.

En las unidades de programación integradoras, recogidas en la propuesta pedagógica de nuestro centro, se recogerán los niveles de definición de los criterios de evaluación, que serán el referente de la evaluación continua.

Quiénes son los responsables

La evaluación será responsabilidad de cada tutor, que recogerá información de otros profesionales y que deberá dejar constancia de sus observaciones y valoraciones sobre el proceso de desarrollo y los aprendizajes de cada niño. Esta valoración la llevará a cabo a partir de la información obtenida de las entrevistas con las familias, el análisis de las producciones de los niños, y, sobre todo, de la observación directa y sistemática, que constituirá la técnica principal del proceso.

Cuándo hay que evaluar

Momentos claves del proceso evaluador:

  1. Evaluación inicial: al incorporarse por primera vez un alumno al centro, el tutor realizará una evaluación inicial, recogiendo en un informe el grado de desarrollo de las capacidades básicas, incluyendo la información aportada por las familias y, en su caso, los informes que revistan interés para la vida escolar. Las decisiones relativas al tipo de información que se precisa en este momento inicial de la evaluación, así como las técnicas o instrumentos que se van a utilizar para recoger y consignar dicha información deberán tomarse por el equipo educativo del ciclo y reflejarse en la propuesta pedagógica del centro.
  2. Evaluación procesual: a lo largo de cada uno de los ciclos y de forma continua se utilizarán las distintas situaciones diarias para analizar los progresos y dificultades de los niños y las niñas, y para observar tanto su proceso de desarrollo como los aprendizajes adquiridos, con el fin de adecuar la intervención educativa a sus necesidades. Se establecerán al menos tres sesiones de evaluación a lo largo del curso, sin perjuicio de otras que se establezcan en la propuesta pedagógica.

Al finalizar cada curso, los tutores elaborarán un informe individualizado de evaluación a partir de los datos de la evaluación continua. Los aspectos que deben recogerse en el informe, así como el formato del mismo serán decididos por el equipo educativo del ciclo, en el marco de la propuesta pedagógica del centro y, en su caso, recogerá las medidas de refuerzo y adaptación que se hayan tomado.

Evaluación final: al término de cada ciclo, se procederá a la evaluación final del alumnado a partir de los datos obtenidos en objetivos, y a los criterios de evaluación definidos en la propuesta pedagógica.

El tutor, al finalizar cada uno de los ciclos y con el fin de garantizar una atención individualizada y continuada, recogerá los datos relevantes del informe individualizado de cada curso, y elaborará un informe individualizado de final de ciclo sobre los logros en su proceso de desarrollo y en la adquisición de los aprendizajes en relación con los objetivos establecidos. Asimismo, se harán constar los aspectos que más condicionen su progreso educativo y, en su caso, las medidas de refuerzo y adaptación que se hayan tomado. Los aspectos que deben recogerse en el informe así como el formato del mismo serán decididos por el equipo educativo del ciclo, en el marco de la propuestapedagógica.

Qué decisiones tomamos como consecuencia de la evaluación

  1. Decisiones sobre la aplicación de medidas de apoyo.
  2. Información a las familias: corresponderá al tutor informar regularmente a las familias sobre los progresos y dificultades detectados en el proceso educativo de sus hijos. Estos informes servirán para la reflexión conjunta, y la necesaria colaboración de las familias con el centro.

La información recogida de la evaluación continua se compartirá, y se trasladará a las familias en un informe escrito trimestral y de forma personal, las veces que sean necesarias.

Los informes reflejarán los progresos efectuados por los niños y las niñas con referencia a los criterios de evaluación establecidos en el marco de la propuesta pedagógica. El contenido y formato del informe será decidido por el equipo educativo de ciclo.

  1. Aspectos propios de la Educación Primaria
    1. Adecuación de los Objetivos de la Etapa al Contexto propio
  1. Conocer y apreciar los valores y las normas de convivencia, aprender a obrar de acuerdo con ellas, prepararse para el ejercicio activo de la ciudadanía respetando y defendiendo los derechos humanos, así como el pluralismo propio de una sociedad democrática.
  2. Desarrollar hábitos de trabajo individual y de equipo, de esfuerzo y responsabilidad en el estudio.
  3. Adquirir actitudes de confianza en sí mismo, sentido crítico, iniciativa personal, curiosidad, interés y creatividad en el aprendizaje con los que descubrir la satisfacción de la tarea bien hecha.
  4. Desarrollar una actitud responsable y de respeto por los demás, que favorezca un clima propicio para la libertad personal, el aprendizaje y la convivencia, y evite la violencia en los ámbitos escolar, familiar y social.
  5. Conocer, comprender y respetar los valores de nuestra civilización, las diferencias culturales y personales, la igualdad de derechos y oportunidades de hombres y mujeres y la no discriminación de personas con discapacidad.
  6. Conocer y utilizar de manera apropiada la lengua castellana, valorando sus posibilidades comunicativas desde su condición de lengua común de todos los españoles.
  7. Desarrollar hábitos de lectura como instrumento esencial para el aprendizaje del resto de las áreas, llevando a cabo el Plan de Lectura en el que nos vemos inmersos.
  8. Adquirir en, al menos, una lengua extranjera la competencia comunicativa básica que les permita expresar y comprender mensajes sencillos y desenvolverse en situaciones cotidianas.
  9. Desarrollar las competencias matemáticas básicas e iniciarse en la resolución de problemas que requieran la realización de operaciones elementales de cálculo, conocimientos geométricos y estimaciones, así como ser capaces de aplicarlos a las situaciones de su vida cotidiana.
  10. Desarrollar las competencias de lengua castellana mínimas para ser competente en la vida diaria.
  11. Conocer los hechos más relevantes de la historia de España y de la historia universal.
  12. Conocer y valorar su entorno social, natural y cultural, situándolo siempre en su contexto nacional, europeo y universal, así como las posibilidades de acción y cuidado del mismo e iniciarse en el conocimiento de la geografía de España y de la geografía universal.
  13. Iniciarse en el aprendizaje y utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, desarrollando un espíritu crítico ante los mensajes que reciban y elaboren.
  14. Valorar la higiene y la salud, conocer y respetar el cuerpo humano, y utilizar la educación física y el deporte como medios para favorecer el desarrollo personal y social.
  15. Comunicarse a través de los medios de expresión verbal, corporal, visual, plástica, musical y matemática, desarrollando la sensibilidad estética, la creatividad y las capacidades de reflexión, crítica y disfrute de las manifestaciones artísticas.
  16. Conocer y valorar el patrimonio cultural de España, participar en su conservación y mejora y respetar su diversidad lingüística y cultural.
  17. Desarrollar todos los ámbitos de la personalidad, así como una actitud contraria a la violencia y a los prejuicios sociales de cualquier tipo.
  18. Conocer y valorar los animales y plantas y adoptar modos de comportamiento que favorezcan su cuidado.
  19. Fomentar la educación vial y el respeto a las normas para prevenir los accidentes de tráfico y actuar en base a ello.
  20. Conocer y apreciar el patrimonio natural, histórico, artístico y cultural de la Comunidad de Castilla y León, desarrollar una actitud de interés y respeto, y contribuir a su conservación y mejora.
  21. Concreción del currículo

Según lo recogido en las Programaciones didácticas de la Etapa.

  1. Medidas de coordinación con la Educación Infantil y Educación Secundaria

Según lo recogido en el Plan de evaluación del punto 9.2.4

  1. Plan de Evaluación de la práctica docente

La evaluación en la etapa de Educación Primaria será continua, formativa y global, y tendrá en cuenta el progreso del alumno en el conjunto de las áreas.

Qué hay que evaluar

Los referentes que se tendrán en cuenta para evaluar serán los diferentes elementos del currículo: objetivos de etapa, de área, competencias básicas y criterios de evaluación, adecuados a las características propias de nuestro alumnado y al contexto sociocultural de nuestro centro. Los criterios de evaluación de las áreas serán el referente fundamental para valorar el grado de adquisición de las competencias básicas.

Quiénes son los responsables de la evaluación de los alumnos

Los responsables de la evaluación de los alumnos variarán en función de las distintas situaciones de evaluación:

  1. Evaluación interna:las decisiones que se hayan de tomar en relación con la evaluación y la promoción serán adoptadas por consenso del equipo docente del alumno, tomándose especialmente en consideración la información y el criterio del maestro tutor.
  2. Evaluación externa: Evaluación de diagnóstico: al finalizar el segundo ciclo de la Educación Primaria, nuestro centro realizará una evaluación de diagnóstico de las competencias básicas alcanzadas por nuestros alumnos. Esta evaluación, competencia de la Administración educativa, tendrá carácter formativo y orientador para el centro, e informativo para las familias y para el conjunto de la comunidad educativa. El centro utilizará los resultados de estas evaluaciones para, entre otros fines, organizar, en el tercer ciclo de la Educación Primaria, las medidas de refuerzo para los alumnos y las alumnas que las requieran, dirigidas a garantizar que todo el alumnado alcance las correspondientes competencias básicas. Asimismo, estos resultados permitirán, junto con la evaluación de los procesos de enseñanza y la práctica docente, analizar, valorar y reorientar si procede, las actuaciones desarrolladas en los dos primeros ciclos de la etapa.

Cuándo hay que evaluar

Momentos claves del proceso evaluador:

  1. Evaluación inicial: al comienzo de cada ciclo (a finales del mes de septiembre), los tutores llevarán a cabo una evaluación inicial de los alumnos.

Al comienzo del primer ciclo, la evaluación inicial incluirá los datos correspondientes a la escolarización y a la evaluación final del alumno en la etapa de Educación Infantil, los informes individuales preexistentes que revistan interés para la vida escolar, y los datos obtenidos por los propios tutores sobre la situación desde la que el alumno inicia los nuevos aprendizajes.

Al comienzo del segundo y tercer ciclo, durante el primer mes del curso escolar, la evaluación inicial del alumnado incluirá las conclusiones de los informes individualizados del ciclo anterior, que se completarán con otros datos obtenidos por el tutor. Como resultado de esta evaluación, se adoptarán o revisarán las medidas de apoyo y refuerzo educativo o de adaptación curricular significativa que, en su caso, contará con el asesoramiento del Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica.

Para los alumnos que se incorporen tardíamente al sistema educativo español se realizará la prueba inicial en el momento de su incorporación al centro. Atendiendo a los resultados obtenidos por el alumno en esta prueba inicial, si este presentase un desfase en su nivel de conocimientos de más de un ciclo, el centro podrá escolarizarle un curso por debajo del que por edad le correspondería. Esta decisión se comunicará al servicio de la inspección educativa.

  1. Evaluación procesual:se celebrarán periódicamente sesiones de evaluación del equipo docente de un grupo de alumnos coordinado por el maestro tutor. Este levantará acta del desarrollo de las sesiones, en las que se harán constar los acuerdos y las decisiones adoptadas, y cumplimentará y custodiará la documentación derivada de las mismas. La valoración de los resultados derivados de estos acuerdos y decisiones constituirá el punto de partida de la siguiente sesión de evaluación. En las sesiones de evaluación se acordará también la información, que se comunicará a cada alumno y a sus padres o tutores legales sobre el resultado del proceso de aprendizaje seguido y las actividades realizadas, incluyendo las calificaciones obtenidas en cada área, y, en su caso, las medidas de apoyo adoptadas En cada curso de la etapa se celebrarán, para cada grupo, al menos tres sesiones de evaluación dentro del período lectivo.
  2. Evaluación final: al final de cada ciclo, la última sesión de evaluación, que tendrá carácter de evaluación final, valorará los resultados de la evaluación continua del alumno a lo largo del ciclo. Como consecuencia de esta sesión de evaluación, se consignarán en los documentos de evaluación de los alumnos las calificaciones, tanto positivas como negativas, obtenidas por los mismos, así como las medidas de apoyo adoptadas.

Además, al final de cada ciclo, el maestro tutor, con la información aportada por los demás maestros del alumno, elaborará un informe individualizado. En él se recogerán aquellos aspectos relevantes sobre su proceso de aprendizaje y socialización, las medidas de apoyo y refuerzo educativo o de adaptación curricular significativa que hubieran sido aplicadas, y otros aspectos que, a juicio del tutor, resulten de interés para el progreso general del alumno.

Dicho informe se ajustará al modelo que haya determinado nuestro centro, y se iniciará al comienzo de cada ciclo y se completará al finalizar cada curso. Al término de cada ciclo, estos informes se pondrán a disposición del tutor del grupo del ciclo siguiente.

Cada alumno dispondrá, al finalizar la etapa, de un informe sobre el grado de adquisición de los aprendizajes; especialmente, los que condicionen más el progreso educativo del alumno, y aquellos otros aspectos que se consideran relevantes en el proceso de formación del alumno.

Qué decisiones tomamos como consecuencia de la evaluación

  1. Decisiones de calificación:los resultados de la evaluación en Educación Primaria se expresarán en los siguientes términos: insuficiente (IN), suficiente (SU), bien (BI), notable (NT), sobresaliente (SB), considerándose calificación negativa el insuficiente, y positivas todas las demás. A los alumnos que obtengan en una determinada área la calificación de sobresaliente al finalizar cada ciclo, podrá otorgárseles una mención honorífica, siempre que el resultado obtenido sea consecuencia de un excelente aprovechamiento académico, unido a un esfuerzo e interés por el área especialmente destacables. El número de menciones honoríficas por área en un ciclo no podrá superar en ningún caso el 10% del número de alumnos matriculados de esa área en el segundo curso del ciclo. La atribución de la mención honorífica se consignará en los documentos de evaluación con la expresión “Mención”, a continuación de dicha calificación.
  2. Decisiones de promoción:accederá al ciclo educativo o etapa siguiente, siempre que se considere que ha alcanzado las competencias básicas correspondientes y el adecuado grado de madurez.

Situaciones que nos podemos encontrar, y decisiones que adoptaremos:

  1. Alumnado que ha alcanzado los objetivos de las áreas, las competencias básicas correspondientes y el adecuado grado de madurez: promociona al ciclo siguiente.
  2. Alumnado que no ha alcanzado las competencias básicas correspondientes o el adecuado grado de madurez, o ambas circunstancias, pero se considera que esa circunstancia no le impedirá seguir con aprovechamiento el nuevo curso: podrá pasar al ciclo o etapa siguiente. En este caso, el maestro responsable del área elaborará un plan de actuación que contemple medidas de refuerzo educativo, y constará en las programaciones didácticas correspondientes. La aplicación y seguimiento del plan de actuación será competencia del maestro tutor del alumno en el ciclo siguiente, salvo que el área sea impartida por un maestro especialista, en cuyo caso, la aplicación corresponderá a este, y el seguimiento se realizará conjuntamente.
  3. Alumnado que no ha alcanzado las competencias básicas correspondientes o el adecuado grado de madurez o ambas circunstancias, y se considera que esa circunstancia le impedirá seguir con aprovechamiento el nuevo curso: permanecerá un curso más en el mismo ciclo. Esta medida podrá adoptarse una sola vez a lo largo de la Educación Primaria, y con un plan específico de refuerzo o recuperación.
  4. Decisiones sobre la aplicaciónde medidas de apoyo: algunas de las alternativas para considerar junto con las decisiones de promoción, en el último paso del proceso de evaluación, son la articulación de un conjunto de medidas que apoyan la mejora del aprendizaje del alumno, en el marco de una evaluación sumativa, y que suponen el desarrollo de planes específicos de refuerzo identificados en normativa y recogidas en nuestro plan de atención a la diversidad.
  5. Proyecto lingüístico para impartir materias en lenguas extranjera (PB)

PLANTEAMIENTO GENERAL (Justificación del Proyecto)

Necesidad de poseer, en la sociedad actual, un buen dominio de al menos dos idiomas y un manejo fluido de los mismosEl aprendizaje de una o más lenguas extranjeras se encuentra entre los puntos básicos de la ley de calidad del sistema educativo europeoLa demanda de los padres de alumnos

OBJETIVOS

Lograr un conocimiento profundo de la lengua inglesa por parte de los alumnos de manera natural y desde los primeros momentos del aprendizaje.Conseguir el dominio de la lengua inglesa al finalizar el programa de bilingüismo implantado en el Centro.Lograr el dominio de las cuatro habilidades que caracterizan el aprendizaje de una lengua: escuchar, hablar, leer y escribir.Adquirir una competencia similar a la de la lengua materna en el idioma inglés por parte de los alumnos del programa, que serán capaces de usar una u otra lengua en cualquier circunstancia con parecida eficacia.Conocer y aprender los aspectos fundamentales que caracterizan a la sociedad de los países de cultura anglosajona.Valorar el conocimiento de otras sociedades y culturas a través del uso de la lengua inglesa, haciendo posible el acercamiento entre los ciudadanos de la Unión Europea y con los de otros continentes.

ORGANIZACIÓN METODOLÓGICA Y DINÁMICA DEL PROYECTO

El proyecto comenzó en el curso 2008-2009 y estará completamente implantado en toda la etapa de Educación Primaria al final del curso 2013-2014.La metodología sigue las siguientes pautas:El idioma de comunicación tanto oral como escrito ha de ser el inglés.Primará el enfoque comunicativo, en el que la comunicación oral de todos los alumnos así como su participación será la base de la acción educativa.Toda expresión escrita ha de ser en inglés para que no haya confusión y se vaya logrando aumentar la fluidez en el idioma y el vocabulario.La actividad docente se desarrollará en un clima que favorezca la comunicación interpersonal y fomente la participación activa de los alumnos.Motivaremos según sus características individuales fomentando el desarrollo personal de cada alumno.

EVALUACIÓN: Puntos de partida; Procesos de evaluación del trabajo; ¿Qué, cómo, cuándo y quién evalúa?; Conclusiones/Valoración.

La evaluación curricular sigue los parámetros establecidos en la legislación oficial de Educación Primaria:DECRETO 40/2007, de 3 de mayo, por el que se establece el Currículo de la Educación Primaria en la Comunidad de Castilla y León.ORDEN EDU/1951/2007, de 29 de noviembre, por la que se regula la Evaluación en la Educación Primaria en Castilla y León.La evaluación del proyecto se realizará al final de cada curso, por parte de alumnos, familias y profesores.
  1. Aspectos propios de la Educación Secundaria Obligatoria
    1. Adecuación de los Objetivos de la Etapa al Contexto propio
  1. Conocer, asumir y ejercer sus derechos y deberes en el respeto a los demás, practicar la tolerancia, la cooperación y solidaridad entre las personas y los grupos, ejercitarse en el dialogo afianzando los derechos humanos como valores comunes de una sociedad plural, abierta y democrática.
  2. Adquirir, desarrollar y consolidar hábitos de disciplina, estudio y trabajo individual y en equipo como condición necesaria para una realización eficaz de las tareas del aprendizaje y como medio de desarrollo personal, valorando el gusto por las tareas bien hechas.
  3. Valorar y respetar, como un principio esencial de nuestra civilización, la igualdad de derechos y oportunidades de todas las personas, con independencia de su sexo, raza, creencia o cualquier otra diferencia, rechazando cualquier tipo de discriminación.
  4. Fomentar sus capacidades afectivas en todos los ámbitos de la personalidad y en sus relaciones con los demás, así como rechazar la violencia en los ámbitos escolar, familiar y social, los prejuicios de cualquier tipo, los comportamientos sexistas y adquirir habilidades para la prevención y resolución pacífica de conflictos.
  5. Desarrollar destrezas básicas en la utilización de las fuentes de información para, con sentido crítico, adquirir nuevos conocimientos, así como una preparación básica en el campo de las tecnologías, especialmente las de la información y la comunicación.
  6. Concebir el conocimiento científico como un saber integrado que se estructura en distintas disciplinas y valorar la cultura científica como herramienta que nos permite entender mejor el mundo que nos rodea, así como conocer y aplicar los métodos para identificar los problemas en los diversos campos del conocimiento y de la experiencia.
  7. Desarrollar el espíritu emprendedor y la confianza en sí mismo, la participación, el sentido crítico, la iniciativa personal y la capacidad para aprender a aprender, para planificar, para tomar decisiones y para asumir responsabilidades, valorando el esfuerzo con la finalidad de superar las dificultades.
  8. Comprender y expresar con corrección textos y mensajes complejos, oralmente y por escrito, en la lengua castellana, valorando sus posibilidades comunicativas desde su condición de lengua común de todos los españoles y de idioma internacional, e iniciarse en el conocimiento, la lectura y el estudio de la literatura, valorando y respetando, no obstante, el resto de las lenguas y dialectos de otras personas, y en particular las oficiales del estado español.
  9. Comprender y expresarse oralmente y por escrito en lengua inglesa como herramienta indispensable en un mundo globalizado. Valorar la lengua francesa y aprender a expresarse en ella con soltura.
  10. Conocer los aspectos fundamentales de la cultura, la geografía y la historia de España y del mundo, respetar el patrimonio artístico, cultural y lingüístico; conocer la diversidad de culturas y sociedades a fin de poder valorarlas críticamente y desarrollar actitudes de respeto por la cultura propia y por la de los demás.
  11. Analizar los procesos y valores que rigen el funcionamiento de las sociedades, en especial los relativos a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos, y adoptar juicios y actitudes personales respecto a ellos.
  12. Conocer el funcionamiento del cuerpo humano, así como los efectos beneficiosos para la salud del ejercicio físico y la adecuada alimentación, incorporando la práctica del deporte para favorecer el desarrollo personal y social. Conocer y valorar la dimensión humana de la sexualidad en toda su diversidad.
  13. Valorar los hábitos sociales relacionados con la salud, el consumo, el cuidado de los seres vivos y el medio ambiente, contribuyendo a su conservación y mejora. Analizar críticamente nuestra sociedad y nuestros actos y su relación con el deterioro medioambiental y el calentamiento global.
  14. Valorar la creación artística y comprender el lenguaje de las distintas manifestaciones artísticas, utilizando diversos medios de expresión y representación.
  15. Conocer y apreciar críticamente los valores, actitudes y creencias de nuestra tradición, especialmente de Castilla y León.
  16. Conocer la tradición lingüística, literaria y artística de la cultura grecolatina y su pervivencia en el mundo contemporáneo para comprenderlo y entenderlo con mayor facilidad.
  17. Concreción del currículo

Según lo recogido en las Programaciones didácticas de la Etapa.

  1. Plan de Evaluación de la práctica docente

La evaluación en Educación Secundaria Obligatoria será continua y diferenciada según las distintas materias del currículo.

Qué hay que evaluar

Los referentes de la evaluación serán los objetivos específicos y los conocimientos adquiridos en cada una de las materias, según los criterios de evaluación. Los criterios de evaluación de las materias serán el referente fundamental para valorar tanto el grado de consecución de los objetivos como de adquisición de las competencias básicas.

Quiénes son los responsables

Los responsables de la evaluación de los alumnos variarán en función de las distintas situaciones de evaluación:

  1. Evaluación interna: La evaluación continua será desarrollada por el equipo docente, integrado por el conjunto de profesores del alumno, coordinado por el profesor tutor y, en su caso, asesorado por el departamento de orientación del centro. Las calificaciones de las materias serán decididas por el profesor respectivo. Las demás decisiones serán adoptadas por consenso del equipo docente. Si ello no fuera posible, se adoptarán por mayoría de dos tercios de los profesores que impartan clase al alumno.
  2. Evaluación externa: evaluación de diagnóstico: desarrollada al término de 2.º de la ESO sobre las competencias básicas alcanzadas por los alumnos.

Asimismo, la Consejería de Educación, conforme a su propio plan de evaluación, podrá realizar evaluaciones externas al finalizar cualquiera de los cursos de la etapa. De los resultados obtenidos por los alumnos, cuando la evaluación tenga carácter censal, se dará cuenta a los directores de los centros mediante informes individualizados de resultados.

El centro tendrá en cuenta la información proveniente de estas evaluaciones para, entre otros fines, organizar las medidas y programas necesarios dirigidos a mejorar la atención del alumnado y a garantizar que alcance las correspondientes competencias básicas. Asimismo, estos resultados permitirán, junto con la evaluación de los procesos de enseñanza y la práctica docente, analizar, valorar y reorientar, si procede, las actuaciones desarrolladas en los dos primeros cursos de la etapa.

Cuándo hay que evaluar

Momentos claves del proceso evaluador:

  1. Evaluación inicial:
  2. Al comienzo de la Educación Secundaria Obligatoria –partiendo de la información recogida en el informe de aprendizaje de la Educación Primaria del alumno, y, en su caso, de la información obtenida mediante la aplicación de distintos instrumentos de evaluación–, los profesores llevarán a cabo una evaluación inicial de la Educación Secundaria Obligatoria de los alumnos para detectar el grado de desarrollo alcanzado en aspectos básicos de aprendizaje y de dominio de los contenidos de las distintas materias, y garantizarle una atención individualizada.

A los alumnos que se incorporen tardíamente al sistema educativo español, se les aplicará la evaluación inicial de la Educación Secundaria Obligatoria en el momento de su incorporación, sea cual sea el curso en el que se escolaricen.

Esta evaluación inicial podrá extenderse a la totalidad de los cursos de la etapa.

  1. Evaluación procesual: en cada curso de la etapa se celebrarán para cada grupo, además de la evaluación inicial, al menos tres sesiones de evaluación dentro del período lectivo. Se procurará no establecer comparaciones con los logros de los demás compañeros.

El profesor tutor de cada grupo levantará acta del desarrollo de las sesiones, en la que se harán constar los acuerdos alcanzados y las decisiones adoptadas, y cumplimentará y custodiará la documentación derivada de las mismas, entre la que se encontrarán las actas parciales con las calificaciones parciales obtenidas por los alumnos en las materias cursadas. La valoración de los resultados derivados de estos acuerdos y decisiones constituirá el punto de partida de la siguiente sesión de evaluación.

En las sesiones de evaluación se acordará también la información, que se comunicará a cada alumno y a sus padres o tutores legales sobre el resultado del proceso de aprendizaje seguido y las actividades realizadas, incluyendo las calificaciones obtenidas en cada materia y, en su caso, las medidas de apoyo adoptadas.

  1. Evaluación final: se podrá hacer coincidir en una misma sesión la última sesión de evaluación y la evaluación final ordinaria. Como consecuencia de esta última, se consignarán en los documentos de evaluación de los alumnos las calificaciones obtenidas tanto en las materias del curso como en las materias pendientes, en su caso, de cursos anteriores.

Además, al término de la evaluación final, el profesor tutor, con la información recabada de los demás profesores del grupo y del departamento de orientación, realizará un informe de cada alumno en el que se valore el grado de consecución de los objetivos, el aprendizaje de los alumnos en relación con la adquisición de las competencias básicas. Igualmente, constará la decisión de promoción o titulación, en su caso, y se hará referencia a aquellos aspectos en los que el alumno deberá mejorar, así como las medidas de recuperación que precise. Este informe será remitido a los padres o tutores de cada alumno.

Cuando, tras la celebración de la prueba extraordinaria, un alumno mantenga con calificaciones negativas más de dos materias correspondientes a uno o varios cursos, el tutor especificará en un nuevo informe las medidas educativas propuestas por el equipo docente para contribuir a que el alumno alcance los objetivos de dichas materias.

A los alumnos que como resultado de las evaluaciones extraordinarias hayan superado todas las materias del curso en que están matriculados, y, en su caso, todas las materias pendientes de cursos anteriores, se les consignará, si son alumnos de cuarto curso, la propuesta de expedición del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, y en los demás casos la promoción.

Las evaluaciones extraordinarias se realizarán en Febrero y en Septiembre.

Qué decisiones tomamos como consecuencia de la evaluación

  1. Decisiones de calificación: los resultados de la evaluación en la Educación Secundaria Obligatoria se expresarán con las siguientes calificaciones cualitativas: insuficiente (IN), suficiente (SU), bien (BI), notable (NT), sobresaliente (SB), considerándose negativa la calificación insuficiente, y positivas todas las demás. Estas expresiones irán acompañadas de una calificación cuantitativa sin emplear decimales, en una escala de 1 a 10, aplicándose las siguientes correspondencias:

Insuficiente: 1, 2, 3 ó 4.

Suficiente: 5.

Bien: 6.

Notable: 7 u 8.

Sobresaliente: 9 ó 10.

Las materias se considerarán aprobadas o superadas cuando tengan calificación positiva, y se considerarán suspensas o pendientes de superación cuando tengan calificación negativa.

Cuando un alumno no se presente a la prueba extraordinaria correspondiente a alguna de las materias calificadas con insuficiente en la evaluación final ordinaria, en los documentos de evaluación se pondrá la expresión No Presentado (NP), acompañada, mediante la separación de un guión, de la calificación obtenida en la evaluación final ordinaria.

  1. Decisiones de promoción:adoptadas de forma colegiada, atendiendo a la consecución de las competencias básicas y los objetivos de la etapa.

Promociona al curso siguiente cuando ha superado los objetivos de las materias cursadas o tenga evaluación negativa en dos materias como máximo.

  1. Decisiones de titulación:los alumnos que al terminar la Educación Secundaria Obligatoria hayan alcanzado las competencias básicas y los objetivos de la etapa, obtendrán el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Quienes superen todas las materias de la etapa, obtendrán el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Asimismo, podrán obtener dicho título aquellos que hayan finalizado el curso con evaluación negativa en una o dos materias, y excepcionalmente en tres, siempre que entre ellas no se cuenten simultáneamente Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas, y siempre que, tras el análisis individual de cada alumno el equipo docente considere que la naturaleza y el peso de las mismas en el conjunto de la etapa no les ha impedido alcanzar las competencias básicas y los objetivos de la etapa.

Situaciones que nos podemos encontrar, y decisiones que adoptaremos con carácter general:

  1. Alumnado que ha superado los objetivos de las materias cursadas: promociona al curso siguiente.
  2. Alumnado que, tras la celebración de la prueba extraordinaria, tenga evaluación negativa en dos materias como máximo: promociona al curso siguiente.
  3. Alumnado con evaluación negativa en tres o más materias: repite el curso en su totalidad. Excepcionalmente, podrá autorizarse la promoción con evaluación negativa en tres materias, siempre que no se cuenten entre ellas simultáneamente Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas, y siempre que el equipo docente considere que la naturaleza de esas tres materias pendientes no le impide seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables de recuperación, y que dicha promoción beneficiará su evolución académica. Esta medida deberá ir acompañada de un plan específico personalizado, orientado a la superación de las dificultades detectadas en el curso anterior. Podrá repetir el mismo curso una sola vez y dos veces como máximo dentro de la etapa. Excepcionalmente, un alumno podrá repetir una segunda vez en cuarto curso si no ha repetido en los cursos anteriores de la etapa.